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La Fiscalía recurre la sentencia que absuelve a ‘Botja’ y la califica de «incongruente»

Por Bea Roselló
22 febrero 2017
en Local
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@Noudiari/ La Fiscalía de Eivissa ha interpuesto un recurso contra la sentencia del Juzgado de lo Penal número 2 que absuelve al exconseller de Patrimoni, Joan Marí Tur, de un delito contra el patrimonio histórico artístico durante la construcción las autovías de Ibiza. En la misma sentencia también se absolvía al entonces director insular de Cultura, Antoni Arabí.

Joan Marí Tur ‘Botja’ habla con los abogados y con el arquitecto Joan Prats (dcha.), en una imagen de archivo. Foto: L.A.

En el recurso interpuesto por el Ministerio Fiscal se tilda de «incongruente» la resolución de la magistrada Martina Rodríguez y se insta a que se declare, otra vez, la nulidad de la sentencia «y que se dicte otra en su lugar que proceda a subsanar las deficiencias apreciadas».

«Permitieron, propiciaron, consistieron y posibilitaron las destrucciones arqueológicas»

El Ministerio Fiscal insiste en que con su omisión, los dos acusados, Joan Marí Tur y Antonio Arabí Serra, «permitieron, propiciaron, consistieron y posibilitaron las destrucciones arqueológicas». Además, recuerda que a pesar de que no se les avisó del inicio de las obras, los medios locales sí se hicieron eco de las mismas, convirtiéndose en un hecho «público y notorio».

«Ya en ese preciso instante tenían la obligación de suspender las obras, si bien no lo hicieron, y por ello tuvo lugar la primera destrucción -noviembre de 2004- cuyo hallazgo no les había sido comunicado por la empresa adjudicataria. A pesar de ello continuaron sin suspender las obras tal y como era su obligación», apunta la Fiscalía.

Delito continuado

Para el Ministerio Fiscal, Marí Tur y Antonio Arabí «incurrieron en un delito continuado de prevaricación por omisión por no hacer aquello que estaban olbligados por la Ley de Patrimonio Histórico cuyo conocimiento sabían perfectamente dado el cargo que ostentaban al momento de los hechos».

En este sentido, aunque el fallo judicial dice que «nadie es responsable penalmente ya sea por desconocimiento» o descargando la eventual responsabilidad en otras personas «ya sea porque se actuó con arreglo a un protocolo de actuación que se desconoce», para la Fiscalía, «en verdad nunca se hizo aquello que la ley de Patrimonio Histórico de Islas Baleares establece con carácter imperativo, mientras que el patrimonio histórico era arrasado una y otra vez».

Además, apunta que lejos de aprender a raíz de la primera destrucción, «los acusados vuelven a no hacer de nuevo nada cuando saben que Posidonia -la empresa arqueológica- ya no está realizando el seguimiento y que por tanto no había arqueólogos a pie de obra, produciéndose como consecuencia la destrucción del acueducto romano». «En ambos casos la destrucción se habría evitado, o cuanto menos minimizado sus efectos, si los acusados hubieran actuado conforme a la ley», indica el fiscal.

La Fiscalía pedía una pena de tres años de prisión para el exconseller de Patrimonio por un delito continuado sobre el patrimonio histórico-artístico y diez años de inhabilitación.

 

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