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Home Local

El juez anula cinco multas de Vila contra una empresa por publicidad dinámica

Por Natalia Cárdenas
25 mayo 2017
en Local
2

@Noudiari / El Juzgado Contencioso Administrativo nº3 de Palma de Mallorca ha estimado el recurso de una empresa contra el Ayuntamiento de Ibiza por seis multas de 300,51 euros cada una, que interpuso la Policía Local por publicidad dinámica.

Bares del puerto, en verano.

La empresa recurrió seis multas interpuestas en el verano de 2015, por un total de 1.800 euros, que sancionaban la actividad de ticketeros, que vendían entradas para fiestas. El propio Consistorio archivó uno de los expedientes, por lo que la cuantía del recurso quedó fijada para cinco multas, por un total de 1.502 euros.

En su resolución dictada el 24 abril,  el magistrado rechaza el argumento de la empresa que alega la caducidad de los procedimientos. También desestima otra justificación de la empresa, que considera nulas las resoluciones porque «no había quedado acreditada la relación entre las personas que fueron objeto de la intervención policial y la entidad recurrente». Para contrarrestar estos argumentos, la sentencia señala que los procedimientos estaba en plazo y que diversas entrevistas realizadas por policías prueban la relación entre los ticketeros y la empresa.

Sin embargo, el juez sí admite uno de los argumentos del establecimiento, que señala que se «incurrió en error en la tipificación de la infracción» porque las sanciones se impusieron mediante al Ordenanza Municipal para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana y conductas cívicas en el espacio público de Ibiza, que prohíbe la venta ambulante, una actividad que, para el magistrado, en este caso no se estaba realizando.

Según la resolución judicial, la Ordenanza municipal de publicidad dinámica oral del Ayuntamiento de Eivissa y la Ordenanza reguladora de la publicidad exterior, tendrían «mejor encaje» en la actividad sancionada por venta de entradas o tickets.

Por ello, por no adecuarse las multas «al ordenamiento jurídico» el juez estima el recurso que anula y deja sin efecto las multas interpuestas por el Consistorio.

 

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Comentarios 2

  1. CNPis says:
    9 años atrás

    Pues que de puta madre. Se saltan a la torera la normativa, pero se anula la denuncia…

    Responder
  2. Tierra de nadie says:
    9 años atrás

    Y los altavoces mucho ruido que pasa con las televisiones en las fachadas, aquí no hay quien duerma y hay que trabajar recogen a las 4.3o no queremos mas fiesta dormir dormir dormir dormir dormir no hay espacio para pasar

    Responder

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