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Sant Antoni lleva a pleno la modificación de la ordenanza de ruido para permitir música en vivo en los locales

Por Redacción
23 julio 2024
en + Pitiüses
9
Sant Antoni lleva a pleno la modificación de la ordenanza de ruido para permitir música en vivo en los locales

Música en vivo. Foto: Ayuntamiento de Sant Antoni

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El Ayuntamiento de Sant Antoni llevará este jueves a pleno, tras pasar el periodo de consulta pública, la aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza municipal de ruido y vibraciones para incorporar la ambientación musical en vivo en los establecimientos del municipio, ha informado el Consistorio en un comunicado de prensa.


«Esta modificación viene impulsada por la solicitud de la Asociación de Músicos de Ibiza para habilitar la opción de música en directo, que venían reclamando desde hace tiempo, como ya contaban otros municipios de la isla», han detallado las citadas fuentes.

Así, con la inclusión de un nuevo artículo en la ordenanza, se habilitará la posibilidad de ejercer la actividad de ambientación musical en vivo en los locales del municipio de Sant Antoni dentro del horario de 13 a 23 horas, un máximo de dos días a la semana por establecimiento y con una duración máxima de dos horas por día.

El alcalde, Marcos Serra, ha explicado que con esta medida se busca «apoyar y dar visibilidad a la música en vivo», ya que aporta «un valor añadido a la oferta cultural del municipio».

«Buscamos fomentar la música en vivo y de calidad, promover la diversidad musical y apoyar a los músicos residentes», ha asegurado Serra, quien ha remarcado que el objetivo es «que se convierta en un atractivo más de Sant Antoni, siendo una apuesta positiva para seguir impulsando el salto de calidad» que buscan.

Los detalles del nuevo artículo

El nuevo artículo también especifica que no se podrá habilitar pista de baile y que la actuación deberá realizarse dentro del recinto de la actividad, quedando totalmente prohibida la ocupación de la vía pública. Además, la ordenanza establece diferentes requisitos para proteger el cumplimiento de la normativa y la convivencia vecinal, han indicado.

La ordenanza detalla que se considera ambientación musical en vivo la generada por actuaciones en directo de pequeño formato que se usen como acompañamiento o sonido de fondo en los establecimientos regulados en la normativa turística y que no afecten al normal desarrollo de la actividad de los mismos.

Esta ambientación tendrá que ser producida por voz humana o instrumentos musicales de cuerda, viento y persecución, quedando excluida cualquier ambientación musical generada, principalmente, por mesas de mezcla, otros aparatos electrónicos o mediante la reproducción de pistas de audio, han agregado.

Para realizar la solicitud, los establecimientos deberán presentar una comunicación previa con una antelación mínima de 48 horas y máxima de 60 días. El documento deberá estar disponible en todo momento en el local y colocado en un lugar visible para su inspección.

Tags: música en vivoordenanza de ruidoSant Antoni
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Comentarios 9

  1. portmanyí says:
    1 año atrás

    El descanso de tu familia es un privilegio.

    Responder
  2. Jose says:
    1 año atrás

    Esto es para establecimientos con licencia de actividad…que no se piense el club de básquet que ahora tendrán vía libre para montar fiestas y música a todo volumen cada vez que haya un partido. Es un recinto deportivo en un entorno rústico. Todo lo que se monta allí es ilegal (alcohol, música, venta de comida, etc). Me parece uno de los casos más descarados de Sant Antoni. No todo vale, si el club quiere hacer dinero que se regule actividad y se paguen impuestos y cumplan normativas.

    Responder
    • Llei Pagesa says:
      1 año atrás

      Para empezar, ilegal no es por que se vende en el exterior de la instalación, es ilegal en el interior (cosa que la UD Ibiza si lleva a cabo dentro del estadio de Can Misses, sobretodo dentro de los palcos vip); segundo, hay permisos municipales para la música que desconozco si se piden o no, eso ya no te lo voy a discutir, pero si los municipales no acuden será por algo. La organización de este tipo de eventos no son al libre albedrio, llevan una organización detrás con sus respectivos permisos.
      Que usted esté cruzado con el club de baloncesto ya lo ha demostrado en innumerables ocasiones, pero de aquí a demostrar total desconocimiento de las ordenanzas y acusar de esta forma tan gratuitamente.
      En sí la normativa que se quiere impulsar, si se cumple y ordena como toca, es beneficiosa para todos…otra cosa es que se lleve a cabo como tal…

      Responder
      • Jose says:
        1 año atrás

        No es cuestión de si se vende alcohol en el interior o exterior. Todo el recinto es equipamiento deportivo y como tal está prohibida la venta de alcohol. Le recuerdo que hay menores, parque infantil y que todo el reciento es equipamiento deportivo. Resulta cuanto menos sorprendente que se hable de esto como si fuera correcto.
        Lo mismo ocurre en la cafetería exterior al pabellón, que tampoco tienen permitida la venta de alcohol por estar en equipamiento deportivo. Por otro lado no hay ningún tipo de permiso municipal, si no acuden…es por otros motivos y afinidades. Efectivamente la organización de este tipo de eventos debe ser muy cuidadosa, y más cuando hay acumulaciones de tantas personas…porque ante una posible evacuación, etc. puede haber un susto.
        En general si las cosas se hacen bien, pagando impuestos, en base a la normativa existente, con permisos de actividad, etc. no hay nada que decir. En caso contrario se puede opinar y denunciar.
        Y respecto a la nueva ordenanza, efectivamente el promover música en directo en establecimientos que cumplen con todas las normativas es algo positivo.

        Responder
        • Llei Pagesa says:
          1 año atrás

          Es que la normativa solo prohíbe la venta dentro de las instalaciones, nada de recinto o equipamiento deportivo, esa zona que comentas se contempla como exterior, te gustará más o menos, pero actualmente es así. Correcto? a mi no me gusta que se vendan bebidas alcohólicas en eventos deportivos o zonas deportivas…pero si se hace es por que tienen permiso (sobretodo esto, por que el consumo de bebidas alcohólicas en espacios públicos también aparece como no permitido en las ordenanzas municipales), y como te he dicho antes, al menos lo hacen fuera del recinto…en otros lugares lo hacen en el interior siendo eso ilegal.

          Responder
          • Jose says:
            1 año atrás

            Todo el complejo deportivo de Can Coix, TODO son INSTALACIONES DEPORTIVAS (incluido el velódromo y exteriores). De hecho si me apuras, la venta se produce justo al lado de una de las puertas / salidas de emergencia (cosa peligrosa en un evento deportivo con aglomeración de personas, etc.) y si me sigues apurando se utiliza parte del aparcamiento para otra «actividad». La verdad que si se empieza a analizar uno se da cuenta de lo mal que lo están haciendo y que por supuesto no disponen de ningún tipo de permiso. E insisto no hay que blanquear el consumo de alcohol (aunque sea fuera de la pista de baloncesto) en eventos deportivos, que se suponen saludables y con gran presencia de menores. Vaya incoherencia! y encima para después encima coger todos el coche y cap es poble…de verdad…no todo vale para hacer caja, aunque vaya destinado a un club.

  3. Llei Pagesa says:
    1 año atrás

    Puedes poner las mayúsculas que quieras que sigues sin tener razón. Estas R que R y en bucle. Pon una queja en el ayuntamiento y te contestaran si tienes razón o no…pero vamos, se te ve a leguas la cruzada que llevas con el club de baloncesto cuando en el mismo municipio se hace lo mismo en un campo de futbol y ya si vas a otro municipio donde hay un club de futbol que tiene barra libre con el alcohol y allí también van mas niños…pero eso no lo dices, no te interesa ni te importa…

    Responder
    • Jose says:
      1 año atrás

      Mi cruzada no es contra ningún club, ni mucho menos. Es más a nivel de club les felicito por reflotar el baloncesto en Sant Antoni y a nivel deportivo me parece fantástico. Pero una cosa no quita la otra. Si se quieren realizar fiestas etc. ese no es el espacio adecuado. Lo que me molesta es el incumplimiento de normativas y la defensa del consumo de alcohol en sitios públicos dónde además está prohibido y con menores. Punto. Y si quieres seguimos ..ja ja ja por mi parte ya no sigo…tú ya has quedado bastante en evidencia defendiendo lo indefendible.

      Responder
      • Llei Pagesa says:
        1 año atrás

        Pero si estas criticando algo que la normativa y la ordenanza permite…has demostrado tener un desconocimiento total…pero ey… d’on no en hi ha no es pot treure…fiestas se realizan pocas y si te molesta la música o la venta de alcohol cuando hay partido avisa a la policia local…y luego comentas que han hecho y si han acudido…no defiendo lo indefendible ni tan siquiera me he puesto a defender que vendan alcohol…que si leyeras cuando te contesto lo verias, pero las ordenanzas se cumplen y si no es así llama a la policia y entonces sabras lo que esta bien o no…

        Responder

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