La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) no ve con buenos ojos el decreto ley del Govern balear que regula el chárter náutico y le advierte que, o lo modifica, o presentará un recurso contencioso-administrativo. El informe de la CNMC se emitió el pasado 28 de octubre y sus conclusiones son claras: solicita al Govern que adopte medidas para eliminar los elementos del decreto ley que, a juicio de la CNMC, “suponen un obstáculo a la competencia efectiva en el mercado [del chárter náutico]”.
El decreto ley aprobado por el Govern obliga a que cada embarcación de chárter deba tener un punto autorizado en Balears para amarre, fondeo, embarque y desembarque. El objetivo es evitar mala prácticas como el fondeo incontrolado, con la idea de que esta actividad se desarrolle “de manera responsable, sostenible y respetuosa con el medio ambiente”.
Este punto, que fue uno de los más polémicos, el de tener un punto autorizado de amarre, boya o fondeo, o para embarcar y desembarcar, fue duramente criticado por muchas pequeñas empresas que se veían imposibilitadas de acceder a esta posibilidad a causa de la falta de amarres en Ibiza y a su precio prohibitivo. Un punto que la CNMC critica con dureza ya que cree que supone un “obstáculo desproporcionado a la competencia efectiva en el sector del chárter náutico en Baleares”. Considera también que está prohibición no tiene ninguna relación con la protección del medio ambiente, ya que los requisitos medioambientales “quedan garantizados por otras exigencias de la normativa de navegación estatal y autonómica, que entre otras cosas prohíbe el fondeo sobre posidonia oceánica y en espacios protegidos y de reservas naturales”.
Otro aspecto que tumba la CNMC es la prohibición del alquiler parcial mediante tiques individuales de embarcaciones recreativas. Según este organismo, “el impacto medioambiental de la actividad náutica (fondeo sobre posidonia, gestión de residuos, emisiones) no depende de la fórmula de contratación de los servicios”.
Este resolución ha sido bien acogida por la Asociación Pymes de Actividades Náuticas de Islas Baleares (Apanib), que desde el primer momento se ha posicionado en contra del decreto del Govern. “El decreto favorece solo a las empresas que ya tienen amarre y que tienen venta con tiquets por lista segunda [es decir, los buques que se dedican al transporte marítimo de pasajeros]. El resto nos quedamos fuera”, señala un portavoz de Apanib, quien asegura que el decreto aprobado por el Govern, “está hecho a dedo y al gusto de cuatro empresas de Baleares que tienen amarre y que no quieren los de la lista sexta [embarcaciones deportivas o de recreo que se exploten con fines lucrativos] estén ahí”.
Otros reparos que realiza la CNMC es sobre el artículo 3.3 del Decreto que determina que “no se permitirá realizar la actividad del alquiler náutico a embarcaciones o buques que tengan autorizado un cambio temporal de uso privado a comercial”. Según este organismo, esta prohibición “limita la capacidad de elección de los empresarios, que ven restringidos los barcos a los que pueden acceder para prestar el servicio, reduciendo su capacidad de responder a la estacionalidad de la demanda”.
También critica que la declaración responsable tenga solo un año de validez, “ya que obliga a los operadores a realizar cada año una, incluso aunque no haya habido cambios en las condiciones de la prestación del servicio, así como al pago de una tasa”.





