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El Estado avala la cesión de viviendas vacías de grandes tenedores que fija la Ley balear

Por Natalia Cárdenas
8 abril 2019
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@R.N. / El conseller de Territorio, Energía y Movilidad, Marc Pons, y la ministra de Política Territorial y Función Pública, Meritxel Batet, han formalizado hoy el acuerdo entre el Gobierno de España y el Govern de Illes Balears que da luz verde a la Ley de Vivienda balear, que así queda avalada en su conjunto, incluida una de sus principales medidas: la cesión obligatoria temporal de las viviendas vacías de los grandes tenedores para destinarlas a alquiler social.


Con el acuerdo logrado, en el marco de la Comisión Bilateral de Cooperación entre la Administración del Estado y la Comunidad Autónoma balear sobre la Ley 5/2018 de 19 de junio, la Ley de Vivienda de las Illes Balears sigue vigente, no será suspensa y no habrá recurso ante el Tribunal Constitucional.

«La Ley de Vivienda de Illes Balears es así la única ley de vivienda progresista, con medidas pioneras sobre las viviendas vacías de los grandes tenedores, que salva el recurso de inconstitucionalidad del Estado», explican desde el Govern.

El conseller Pons ha asegurado que el acuerdo supone que el Estado avala la legalidad, constitucionalidad, competencia y conveniencia de la cesión obligatoria de viviendas desocupadas por parte de los grandes tenedores a la Comunidad Autónoma.

En este sentido, el conseller ha recordado que el texto normativo estaba ya avalado por el dictamen unánime del Consell Consultiu de Illes Balears, «hecho que reafirmaba su seguridad jurídica ante la eventualidad que se planteara una controversia jurídica», añade.

En aquel momento, el Consell Consultiu recomendó que la cesión fuera obligatoria cuando hubiera necesidad de vivienda, no a todos los efectos, cambio que se introdujo en la ley y que ha reforzado la medida que el Estado ahora ha reafirmado.

«En el marco del acuerdo de la comisión –que se creó porqué el Estado apreció que se tenían que contrastar determinados aspectos jurídicos de la ley, especialmente de carácter competencial- se han fijado algunas matizaciones –que evidentemente se incorporarán- en aspectos menores de la ley», informan.

Respecto de la cesión obligatoria de los grandes tenedores, se reafirma esta medida, que ha permitido que se hayan inscrito ya 1.039 viviendas al Registro de pisos desocupados de Balears. «En estos momentos, se está avanzando en la revisión del estado de estos pisos para poder incorporarlos a la bolsa de alquiler social», apuntan.

Se tiene que introducir únicamente un cambio relativo en la compensación económica que tienen que recibir los grandes tenedores por la cesión. Así, siguiendo el criterio que ha marcado el Estado durando los meses de trabajo de la comisión bilateral, esta se tendrá que determinar como un “justiprecio”expropiatorio (para ser asimilable la cesión de uso a una expropiación temporal de uso) por parte de la junta provincial de expropiaciones y no con el criterio que fijaba la ley, que era el establecimiento de precios máximos ligados a los precios de VPO.

Por lo tanto, se eliminará de la ley la referencia a precio máximo de la compensación a los grandes tenedores y se establecerá que la compensación queda sometida a la normativa estatal de expropiación forzosa.

En un orden menor, también se eliminan las obligaciones impuestas a notarios y registradores. En este caso, había una discrepancia competencial. Según el Estado, una normativa autonómica no puede regular estas obligaciones. Por lo tanto, se modificará la ley para eliminar las referencias de deber de colaboración y la sanción aparejada, y también la relativa a la exigencia del depósito de fianza para elevar un alquiler a escritura pública e inscripción.

En función del acuerdo también se coincide en el hecho que las medidas que incluye la ley sobre los temas de pobreza energética y garantía de suministro se pueden hacer por competencia exclusiva de la CAIB en materia social y siempre de acuerdo con las normas estatales aplicables.

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