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El Govern recuerda que desde hoy no se pueden presentar nuevas altas de alquiler turístico

Por Bea Roselló
1 agosto 2017
en Local
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@Noudiari/Hoy entra en vigor la Ley 6/2017, de 31 de julio, de modificación de la Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Islas Baleares, relativa a la comercialización de estancias turísticas en viviendas.

Fachada del edificio del Consell d’Eivissa. Foto: V. Ribas

Por lo tanto, desde hoy está vigente la moratoria de nuevas autorizaciones de alquiler turístico. Por esta razón, el Govern balear se ha enviado un oficio a todas las administraciones públicas de las Islas que cuentan con registro, para que informen la ciudadanía que no se pueden presentar nuevas declaraciones responsables de inicio de actividad turística (DRIAT) hasta que los consejos insulares y el Ayuntamiento de Palma establezcan las zonas aptas para el desarrollo de esta actividad económica.



El oficio explica que desde la entrada en vigor de la nueva normativa «no se podrán presentar nuevas declaraciones responsables de inicio de actividad si no cumplen todos los requisitos, entre los que se encuentra estar ubicadas en una zona ya declarada apta de manera expresa por los consells insulares o el Ayuntamiento de Palma, que a la fecha de entrada en vigor de la ley aún no estarán determinadas».

Asimismo, el documento afirma: «Se recuerda también que la presentación de una declaración responsable que infrinja la normativa turística puede ser objeto de expediente sancionador».

Finalmente, el oficio recomienda hacer pública esta información, desde los registros, «a los ciudadanos que pretendan presentar declaraciones responsables relativas a la comercialización de estancias turísticas en viviendas, sea de manera verbal, sea mediante cartel informativo».

Cabe recordar que la ley publicada ayer en el BOIB establece que los consells insulares y el Ayuntamiento de Palma deberán decidir, en virtud de sus competencias en ordenación territorial y urbanística, qué zonas se declaran aptos para la comercialización de estancias turísticas en viviendas.

La ley marca un plazo máximo de 12 meses para aprobar la zonificación.

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Comentarios 3

  1. Koldo says:
    8 años atrás

    Pues nada, que se abra la veda para la apertura de un mercado negro aún mayor.

    Responder
    • Ana says:
      8 años atrás

      Pues nada, a ir denunciándolo! Te dejo el enlace y todo 😉

      https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/procedimientoini/ZZ06.shtml
      En el apartado de «Denuncia de alquiler de inmuebles»

      DENUNCIA ALQUILER DE INMUEBLES
      El alquiler de inmuebles situados en España, de viviendas, locales o alquileres vacacionales o de temporada constituye en todo caso renta sujeta al IRPF, IRNR o al IS. Si Vd tiene conocimiento fundado de que un alquiler no está siendo declarado correctamente, o bien el pago se produce de forma sistemática en efectivo metálico o la suscripción del mismo se ha producido a través de un sistema de internet que no permite tener constancia de quién ha recibido el pago, puede presentar este formulario específico de denuncia presentando la información y documentación de que disponga.

      Responder
      • muchas gracias! says:
        8 años atrás

        Yo ya voy a denunciar a una vecina deudora, que alquila sin declarar además!

        Responder

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