Los funcionarios de prisiones destinados en Baleares podrán reclamar cantidades económicas significativas en concepto de atrasos salariales gracias a la nueva doctrina fijada por el Tribunal Supremo. El alto tribunal ha establecido que todos los complementos que se perciben de manera habitual forman parte de la retribución ordinaria y, por tanto, deben integrarse también en las pagas extraordinarias, las vacaciones y los permisos retribuidos. Este criterio, recogido en las sentencias STS 3631/2025 y STS 4420/2025, es de obligado cumplimiento para todas las administraciones públicas.
El pronunciamiento afecta directamente a los funcionarios destinados en Ibiza, Mallorca y el resto de Baleares, donde la insularidad genera complementos específicos que, según recuerda el Supremo, tienen carácter fijo y periódico. Estos pluses, que se abonan todos los meses sin excepción, responden a la singularidad del destino extrapeninsular y cumplen los requisitos exigidos por la doctrina para que deban integrarse automáticamente en todos los periodos retributivos, independientemente de que el trabajador esté o no en servicio activo.
Así lo informan desde Unive Abogados, ya que en las últimas semanas, varios funcionarios han solicitado este bufete la revisión de sus nóminas. El despacho ha detectado que, pese a tratarse de complementos con naturaleza estructural, en muchos casos no se han incluido en la paga extraordinaria de verano ni en la de Navidad. Incluso se han identificado supuestos en los que tampoco se han aplicado correctamente durante los periodos de vacaciones. «Según la proyección jurídica realizada, estas diferencias salariales pueden alcanzar varios cientos de euros por cada paga extraordinaria que no se haya calculado de manera adecuada, lo que, acumulado a lo largo de los cuatro años de prescripción, puede traducirse en cantidades de notable relevancia para cada funcionario afectado», destacan.
El criterio del Supremo sigue la línea marcada por tribunales superiores de justicia como los de Galicia o Cataluña, que ya habían reconocido que complementos como la nocturnidad, los turnos o la disponibilidad continuada debían integrarse en todas las retribuciones. Sin embargo, la novedad ahora es que esta doctrina se extiende de forma generalizada a cualquier complemento habitual, lo que supone un cambio sustancial para los destinos extrapeninsulares y, en particular, para los funcionarios de prisiones de Baleares.
El Tribunal Supremo recuerda, además, que las reclamaciones salariales frente a la Administración prescriben a los cuatro años. Esto significa que cada mes que pasa sin iniciar el procedimiento supone una pérdida económica irrecuperable para el funcionario. Uno de los plazos más relevantes afecta a la paga extraordinaria de Navidad de 2021, cuyo derecho a reclamar expirará el próximo 30 de noviembre de 2025.
Ante esta situación, y dada la magnitud del colectivo potencialmente afectado en Ibiza y el resto del archipiélago, el despacho ha puesto en marcha un servicio de revisión gratuita de nóminas. «El objetivo es determinar si los complementos territoriales, de residencia o específicos se han aplicado correctamente en las pagas extraordinarias y en los periodos vacacionales», afirman.






