El portal inmobiliario idealista muestra a día de hoy tres anuncios de viviendas en venta en la isla de Ibiza que figuran bajo la etiqueta de “ocupada ilegalmente” u “ocupada”. Es de los pocos portales de este estilo que tiene una pestaña que identifica claramente viviendas ocupadas en todo el territorio nacional. Sin embargo, no todos los casos de Ibiza responden estrictamente a lo que legalmente se considera ocupación ilegal.
Los inmuebles se localizan en distintos puntos de la isla: un apartamento en Portinatx (Sant Joan), un chalet adosado en Puig d’en Valls (Santa Eulària) y un piso en la ciudad de Ibiza.
Dos casos de ocupación sin título
El primero de los anuncios corresponde a un piso en Portinatx, de 40 metros cuadrados, que se vende por 190.000 euros y que se transmite “ocupado ilegalmente por terceros y sin los suministros debidamente contratados”. El propio anuncio advierte de que no se pueden realizar visitas y que el comprador deberá asumir la situación física y jurídica del inmueble, incluida la obtención de la posesión judicial.
Otro inmueble, un piso de más de 100 metros cuadrados en la ciudad de Ibiza, que se vende por 371.000 euros, también se comercializa como ocupado. En este caso, el anuncio especifica que el activo se encuentra “ocupado por persona sin justo título”, fórmula habitual para referirse a situaciones en las que no existe contrato ni consentimiento del propietario.

Ambos casos encajarían en la definición que ofrece el propio idealista sobre vivienda ocupada ilegalmente: aquella en la que alguien reside sin contrato en vigor ni permiso del titular del inmueble.
Según explica el portal, el fenómeno conocido como ‘okupación’ no aparece recogido como tal en el ordenamiento jurídico español, pero se corresponde con dos figuras penales: Usurpación, cuando se accede a una vivienda deshabitada sin consentimiento del propietario y allanamiento de morada, cuando la ocupación se produce en una vivienda habitada, vulnerando la intimidad de sus dueños.
En ambos supuestos no existe relación contractual entre ocupante y propietario.
Un tercer caso: vivienda arrendada con renta antigua
Distinta es la situación de un pequeño chalet adosado en Puig d’en Valls que se vende por 325.000 €. Aunque en el encabezado del anuncio también aparece como “ocupada ilegalmente”, el texto detalla que el inmueble se transmite arrendado y que el inquilino está al corriente de pago.
Lo que llama la atención es que la renta mensual actual es de 195,76 euros y el contrato es de renta antigua. Además, el anuncio señala expresamente que las rentas devengadas hasta la fecha de transmisión corresponderán al vendedor y las posteriores al comprador, y que el arrendatario podría tener derecho de adquisición preferente.
En este supuesto existe contrato de alquiler en vigor y cumplimiento de las obligaciones de pago por parte del inquilino, por lo que no encajaría en la definición de ocupación ilegal que facilita el propio portal.
Idealista también diferencia entre ocupación y la denominada “inquiocupación”, término coloquial que alude a los casos en los que un inquilino accede legalmente mediante contrato y posteriormente deja de pagar la renta. Jurídicamente, se trata de un inquilino moroso, no de un ocupante ilegal, ya que existe vínculo contractual.
En el caso del chalet de Puig d’en Valls ni siquiera se da esa circunstancia, puesto que el arrendatario se encuentra al corriente de pago, según reza el propio anuncio. Por tanto, hablar de ocupación en este contexto resulta, como mínimo, impreciso desde el punto de vista legal.
Los tres casos están comercializados por la misma empresa inmobiliaria española especializada en la gestión y comercialización de activos inmobiliarios
El contexto nacional: más de 24.000 viviendas ocupadas en venta
La presencia de estos tres inmuebles en Ibiza se enmarca en una tendencia más amplia. Según un estudio publicado por idealista correspondiente al cuarto trimestre de 2025, el volumen de viviendas sin posesión en el mercado de compraventa creció un 4,6% en solo un trimestre, hasta alcanzar las 24.058 unidades en España.
En el ámbito provincial, Baleares registró 442 viviendas ocupadas en venta en ese periodo, es decir, a lo largo de esos tres meses, lo que representa el 1,5% del total de la oferta en la provincia y un 6,8 por ciento menos que en el trimestre anterior. A nivel nacional, el peso medio de este tipo de activos sobre el total de viviendas en venta se sitúa en el 3%.

El portavoz de idealista, Francisco Iñareta, señalaba al presentar los datos que la vivienda ocupada “se está estableciendo como parte del paisaje inmobiliario” y que cada vez más propietarios optan por vender con descuentos ante la dificultad de recuperar la posesión.
Un matiz relevante en el caso ibicenco
En el caso concreto de Ibiza, la existencia de dos viviendas efectivamente ocupadas sin título encaja en la categoría que analiza el estudio. No obstante, el tercer inmueble —con contrato de renta antigua y arrendatario al corriente de pago— no respondería estrictamente al concepto de ocupación ilegal descrito por el propio portal.
La diferencia no es menor: mientras que en los supuestos de usurpación o allanamiento el comprador debe iniciar o continuar acciones judiciales para recuperar la posesión, en el caso de un arrendamiento en vigor lo que se transmite es una vivienda alquilada, con los derechos y obligaciones que marca la legislación de arrendamientos urbanos.






