El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo ha ordenado la anulación de una sanción turística de 200.005 euros impuesta por el Consell Insular de Ibiza a un propietario por presunta actividad turística no autorizada. La resolución llega tras la presentación de un recurso que evidenció «diversas deficiencias» en el procedimiento sancionador.
La sanción, derivada de cinco multas de 40.001 euros cada una, fue recurrida por un equipo de abogados del despacho Martínez Blanco Abogados, que argumentó «la existencia de defectos de forma, ausencia de pruebas concluyentes y un enfoque desproporcionado por parte de la administración», como ellos mismos enumeran en una nota de prensa. El tribunal ha dado por válidos estos argumentos, afirman, lo que ha llevado al archivo del expediente sancionador.
Según explican los letrados, el caso presentaba «irregularidades» en las inspecciones, «falta de acreditación» directa en los informes y un desarrollo del procedimiento que «no respetaba las garantías establecidas» por la normativa vigente. Ante la solidez de las alegaciones presentadas, el Consell optó por no continuar con el proceso, señalan desde el despacho, «quedando anuladas las sanciones».
Este asunto fue tramitado por el despacho Martínez Blanco Abogados, especializado en procedimientos contencioso-administrativos relacionados con el turismo. Desde la entrada en vigor de la moratoria turística balear de 2022, los abogados del bufete han intervenido en numerosos expedientes similares, «obteniendo resoluciones favorables en un alto número de casos2, subrayan en el comunicado.
La resolución «refuerza» la posibilidad de recurrir sanciones administrativas en el ámbito turístico cuando no se respetan plenamente los derechos de los ciudadanos durante el proceso sancionador, concluyen los letrados.