La Autoridad Portuaria de Baleares (APB) ha establecido la segregación del canal de navegación en la Savina con el objetivo de incrementar la seguridad y fluidez del tráfico marítimo a la entrada y salida de puerto. Esta medida, respaldada por estudios técnicos y pruebas en tiempo real, busca reducir el riesgo de incidentes derivados del creciente tráfico de buques y embarcaciones de recreo.
El Consejo de Administración de la APB aprobó recientemente una ordenanza que regulará el procedimiento de entrada y salida del puerto, la cual entrará en vigor en el momento de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). A partir de esa fecha, su incumplimiento podrá acarrear sanciones.
El nuevo sistema establece dos canales de navegación. Un canal principal situado al norte destinado a todos los buques y embarcaciones iguales o superiores a los 24 metros de eslora o a los 6 metros de manga o bien a los 2 metros de calado. El canal secundario, situado al sur, está reservado a las embarcaciones de recreo, pesqueras y otras que no cumplan con los criterios del canal principal.
El presidente de la APB, Javier Sanz, ha manifestado que de esta manera el organismo portuario “reafirma su compromiso con la seguridad marítima y la optimización del tráfico marítimo en el puerto”, destacando “que esta segregación contribuirá a una navegación más eficiente y ordenada en el puerto de la Savina.”
Para señalar los canales, se han instalado cuatro boyas amarillas numeradas del 1 al 4 en sentido de entrada al puerto y una baliza con destellos rojos en el extremo del muelle del pantalán donde atracan los buques de pasaje. Estas marcas servirán como referencia para la delimitación de los canales.
Ambos canales serán de doble sentido y se debe navegar por la mitad derecha en el sentido de avance. No obstante, se contemplan excepciones cuando el destino de atraque lo requiera, minimizando el tiempo de cruce del canal contrario.
Asimismo, se mantiene la limitación de velocidad máxima de los buques o embarcaciones durante las maniobras de entrada y salida del puerto de la Savina a 15 o 6 nudos, según se encuentre al norte o al sur respectivamente del dique exterior de abrigo del puerto.
Fondeo restringido
Además, para garantizar la seguridad en la navegación, está prohibido el fondeo de buques, embarcaciones o artefactos navales en ambos canales sin autorización expresa de la APB, salvo en casos de fuerza mayor o peligro para la vida humana en el mar.
La obligación de utilizar los canales segregados ha entrado en vigor con la instalación de los elementos de balizamiento. Sin embargo, el régimen sancionador asociado a esta normativa no se aplicará hasta la publicación en el BOE de la ordenanza portuaria correspondiente.