El Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia ha informado que la Sentencia 40/2026, dictada por la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Palma, desestima el recurso presentado por la Asociación de Conductores Profesionales de Taxi contra el Plan de Actuación en Transporte Público de Viajeros en Vehículo Turismo 2025-2028. La resolución judicial confirma que el plan municipal es plenamente legal, y que los criterios para la adjudicación de licencias temporales cumplen la normativa vigente, respetan el principio de igualdad y buscan mejorar el servicio público, garantizar disponibilidad y combatir el intrusismo.
Entre las principales conclusiones de la sentencia:
- Titulares y asalariados tienen situaciones legales distintas, por lo que se pueden establecer requisitos diferenciados sin discriminación.
- Es válido exigir plena y exclusiva dedicación para los conductores asalariados que soliciten licencias temporales.
- Se considera correcto el sistema de cómputo de antigüedad y los criterios para acreditar situaciones de desempleo o inactividad.
- Se confirma que no existe discriminación derivada de la pandemia ni por compatibilidad con otras actividades laborales.
- El plan cumple con la obligación de promoción de vehículos adaptados.
El Ayuntamiento valora positivamente la resolución, que refuerza la seguridad jurídica del plan y respalda la labor técnica y legal realizada para garantizar un servicio de taxi eficiente, ordenado y de calidad.
La institución reafirma su compromiso con la mejora continua del transporte público, la protección de los derechos de los profesionales, la accesibilidad y la movilidad sostenible, así como con la lucha contra el intrusismo.
El Ayuntamiento continuará trabajando de forma coordinada con el sector para asegurar un modelo de transporte que responda a las necesidades de residentes y visitantes.






