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Viajeros de casi toda Europa y de otros países de riesgo solo podrán entrar en Baleares con una PCR negativa

Por Laura Ferrer
11 noviembre 2020
en Sin categoría
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NouDiari / España exigirá a los viajeros internacionales procedentes de países de riesgo una PCR negativa en las 72 horas previas a la llegada a España para poder entrar en el país.

La presidenta del Govern, Francina Armengol, afirma que a día de hoy prácticamente todos los países europeos están por encima de 150 casos por 100.000 habitantes, el límite para ser considerado de riesgo.

Solo países como Noruega, Finlancia o Grecia están por debajo y no necesitarán la PCR para viajar, ha precisado Armengol tras la reunión del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

El resto tendrán que tener una PCR negativa.

Armengol es partidaria de que esta medida ya quede establecida hasta el control de la pandemia y durante todos los meses que sea necesario.

La presidenta ha calificado esta medida de muy importante, dado que el 83 por ciento del tráfico aéreo de las islas es de procedencia extranjera.

Esta medida se suma a los controles sanitarios que ya se llevan a cabo actualmente a todos los pasajeros internacionales en los puntos de entrada.

Así, se mantiene el control de temperatura y el control visual.

Por su parte, como novedad, el Formulario de Control Sanitario que todo pasajero debe cumplimentar antes de su entrada en el país, recogerá a partir de ahora una pregunta sobre si dispone de una PCR negativa realizada en las 72 horas previas a la llegada a España.

En cualquier momento, se podrá solicitar al pasajero la acreditación del resultado de la prueba.

El documento deberá ser el original, redactado en español o inglés y podrá ser presentado en formato papel o electrónico.

Cuando el Formulario no se haya podido cumplimentar telemáticamente, a
través del código QR generado a través de la web www.spth.gob.es o de la
aplicación Spain Travel Health-SpTH, se podrá presentar en formato papel antes del embarque.

En este caso, deberá ir acompañado con el documento acreditativo original de la realización de la prueba diagnóstica.

Países de riesgo
Para la designación de las zonas o países de riesgo a los que se exigirá la
realización de una PCR, en el caso de los países de la Unión Europea y países asociados Schengen, se tomará como referencia los criterios contemplados en la Recomendación UE 2020/1475, del 13 de octubre, sobre un enfoque coordinado de la restricción de la libre circulación en respuesta a la pandemia de Covid-19.

En cuanto a los países terceros, la referencia básica será la incidencia básica
acumulada por 100.000 habitantes en 14 días, complementado con las
capacidades implantadas según se contempla en el reglamento Sanitario
Internacional, en base a la información facilitada por el Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades (ECDC).

Las agencias de viaje, los operadores turísticos y las compañías de transporte aéreo o marítimo y cualquier otro agente que comercialice billetes deberán informar a los pasajeros de la obligatoriedad de disponer de una PCR con resultado negativo para poder viajar.

Esta nueva medida cumple la Recomendación de la UE 2020/1475, que
persigue acabar con la disparidad de los modelos de control sanitario
implantados por los países de la Unión Europea.

La resolución que establece estos nuevos controles se publicará mañana en el Boletín Oficial del Estado y entrará en vigor el próximo 23 de noviembre.

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