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El TSJIB rebaja las penas de los tres condenados por el crimen de Carlos ‘el Colombiano’ en Benimussa

Por Bea Roselló
19 junio 2015
en Local
4

@Noudiari/La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears ha estimado en parte los recursos de apelación interpuestos por los tres condenados por matar a un hombre, en septiembre de 2010, en el camino de Benimussa, en el municipio de Sant Antoni, en Eivissa. La víctima era  José Julián del Río Cardona, conocido como Carlos el Colombiano.

Una imagen de la víctima, José Julián del Río Cardona, conocido como Carlos el Colombiano.
Una imagen de la víctima, José Julián del Río Cardona, conocido como Carlos el Colombiano.

Los hechos se remontan al 1 de septiembre de 2010. F. A. A. se citó con Carlos el Colombiano en el Parque de Bomberos de Ibiza, desde donde se dirigieron en el vehículo de la víctima a la finca de es Fornàs de Dalt, situada en el Camí de Benimussa (Sant Antoni). Allí esperaban los otros dos acusados, que se abalanzaron sobre la víctima “con clara intención de matar”. Mientras uno de los acusados le estrangulaba a lazo, los otros le propinaron repetidos golpes en la cabeza, tórax y abdomen. Finalmente le clavaron el pecho un arma blanca de unos 8 centímetros de longitud, causándole la muerte por un colapso pulmonar que le provocó una insuficiencia respiratoria aguda. El cuerpo sin vida fue encontrado semanas después en el bosque por un cazador.

Reducción de penas

Ahora, la Sala revoca en parte la sentencia dictada por el Tribunal del Jurado al entender, en el caso de los dos principales condenados, que no concurre la agravante de ensañamiento. La resolución modifica las penas de la sentencia inicial, que pasan, en el caso de J.R.P. y de L.F.M.A., de 23 años a 18 años de prisión, al considerarse que la sentencia del Tribunal del Jurado no justifica o motiva suficientemente la concurrencia de la agravante citada de ensañamiento.

En cuanto a F.A.A., la pena se reduce de 5 años y un día de prisión a 4 años y 6 meses, por considerarla la Sala la adecuada.

Los hechos, que fueron juzgados por un Tribunal del Jurado en noviembre del año pasado, ocurrieron en septiembre de 2014, cuando los dos principales acusados encargaron al tercero que localizase y condujera a un lugar determinado, en el camino de Benimussa, para asesinarle.

El resto de motivos de apelación expuestos ante la Sala son rechazados.

La sentencia del TSJIB no es firme y contra ella cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Detención

Tanto J.R.P., de 46 años de edad, como F.A.A., de 37 años, ambos de nacionalidad española, fueron detenidos en la denominada  operación Binimusa, en una redada de la Guardia Civil realizada el 8 de febrero de 2011 en la que también se apresaron a otras 23 personas relacionadas con el narcotráfico en varios domicilios de sa Penya, ses Figueretes y Platja d’en Bossa.

L.F.M.A., nacido en Mozambique hace 48 años, fue arrestado el 25 de julio de 2012 por la Policía portuguesa. Previamente, F.A.A. había confesado el crimen e inculpado a los otros dos encausados, declarando que fueron contratados por un narcotraficante para matar a la víctima por un asunto de drogas, aunque también se barajaban motivos pasionales.

Tags: Sant Josep
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Comentarios 4

  1. Anonymus3 says:
    11 años atrás

    que barato sale matar y que justicia mas injusta

    Responder
  2. susana says:
    11 años atrás

    Menuda mierda. Dentro de un año y medio a la calle. Pero el cp no determina hasta 10 años?

    Responder
  3. troll says:
    11 años atrás

    No queda claro el ensañamiento… Y como es eso de ensañarse entonces?

    Responder
  4. josep says:
    11 años atrás

    hombre , yo ya de paso, les invitaria a un cafelito.

    Responder

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