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Territorio impone una sanción de más de 125.000 euros por unas obras sin permiso de costas en Sant Josep

Por Natalia Cárdenas
20 noviembre 2020
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Imagen de la vivienda reformada. Foto: DG Territorio.

NouDiari / La Dirección General de Territorio y Paisaje de Baleares ha resuelto esta semana imponer una sanción de 126.358,83 euros a la entidad responsable de la comisión de una infracción grave de la Ley de costas, por realizar obras de reforma de una vivienda y sus exteriores y el forrado de piedra del muro de cierre de parcela, en una vivienda de Cala Embarcador, zona de Cala Tarida, en el municipio de Sant Josep de sa Talaia.




Las obras se habían ejecutado en zona de servidumbre de protección de costas, sin autorización de la Dirección General de Territorio y Paisaje ni habiendo presentado declaración responsable. Se abre ahora un plazo de seis meses para que el interesado proceda a la reposición de las obras realizadas al estado legal anterior a la comisión de la infracción, previa solicitud de la licencia urbanística municipal oportuna y que para ser válida tendrá que contar con el título habilitante preceptivo de costas, competencia de la Dirección General.

Tercer expediente por estas obras

Se trata del tercer expediente sancionador contra la empresa por estas obras. El primero, se resolvió en junio de 2018 pero las obras continuaron. En noviembre de 2018, una nueva inspección por parte de los Agentes de Medio Ambiente supuso el inicio de un segundo expediente sancionador que se resolvió el octubre de 2019 y contra el cual se interpuso recurso administrativo que está pendiente de resolución.

Habiendo tenido conocimiento de que las obras no habían sido paralizadas tampoco, a pesar de la orden de paralización comprendida en la Resolución de inicio del segundo procedimiento sancionador, el celador del Servicio de Costas y Litoral de la isla de Ibiza levantó un nuevo boletín de denuncia.

El infractor tendrá que demoler aquello ilegalmente construido que no se ha legalizado y restituir las obras no legalizadas a su estado legal anterior. Para la consecución de este objetivo se considera adecuado otorgar un plazo de 6 meses.

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