EFE / La desgravación en el IRPF por alquiler de vivienda habitual podrá alcanzar el 70 % en los casos de incorporación al mercado de nuevos inmuebles en zonas de mercado tensionado que se alquilen a jóvenes de entre 18 y 35 años, según la ley de vivienda que el pleno del Congreso tiene previsto aprobar este jueves.
En el texto, al que ha tenido acceso EFE, la actual desgravación del 60 % en el IRPF por rendimiento neto del alquiler de vivienda habitual pasa a ser del 50 %, pero se modula hasta el 90 % en las zonas tensionadas.
La reducción será del 90 % cuando el arrendador baje más de un 5 % el precio del alquiler en el nuevo contrato de una vivienda situada en una zona tensionada, respecto al precio del contrato anterior, una vez aplicada la actualización anual.
Para los nuevos alquileres de viviendas a jóvenes entre 18 y 35 años la reducción es del 70 %, igual que cuando el arrendatario sea una administración pública o una entidad sin fines lucrativos que destine la vivienda al alquiler social con una renta mensual inferior a la establecida en el programa de ayudas al alquiler del plan estatal de vivienda o al alojamiento de personas en situación de vulnerabilidad.
En el caso de las viviendas que se hayan rehabilitado en los dos años anteriores la desgravación será del 60 %.
La disposición final de la ley que recoge los incentivos fiscales aplicables en el IRPF a los arrendamientos de inmuebles destinados a vivienda señala que con esta «mejora» de la regulación del IRPF se pretende «estimular el alquiler de vivienda habitual a precios asequibles».
Estas reducciones, que serán aplicable mientras se sigan cumpliendo los requisitos, no lo serán en aquellos contratos que incumplan el apartado 6 del artículo 17 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, es decir, que hayan exigido el pago anticipado de más de una mensualidad de renta.
Según consta en la ley, la nueva modulación será de aplicación a partir del 1 de enero de 2024.
No tienen ni idea de lo que están haciendo. O peor, sí lo saben y aún así lo llevan a cabo.
Bajas un 5% a un alquiler de 12.000 eur anuales, se queda en 11.400. Lo pones en alquiler.
La inflación (el precio de los inmuebles en el mercado real podría subir a un ritmo superior) sube al 5%, en 2 años el inquilino debería estar pagando 13.230 euros. Para que al arrendador le salga cuenta hacer la reducción del 5% y poner en alquiler el piso sin poder actualizar el precio, el descuento en el IRPF debería ser de 13.230-11.400=1.830 tras solo 2 años.
No sale a cuenta arriesgarse a que te ocupen un piso para no digamos ganar poco dinero, sino para perderlo considerando la inflación.
Zona tensionada, zona arruinada (condenada al abandono, incumplimiento de contratos y mercado negro).
No sale a cuenta. Ahora vender será la opción.