Los grupos PSOE y Esquerra Unida-Podem han llevado ante el Defensor del Pueblo la decisión del Consell Insular de retirar la tarjeta de transporte público a migrantes empadronados en Ibiza que no poseen DNI o NIE. La medida afecta a más de 3.000 residentes y ha sido calificada como “inconstitucional” y “altamente discriminatoria” por ambos grupos.
La denuncia solicita que se investigue la posible vulneración de los artículos 9.2, 9.3, 14 y 103 de la Constitución, así como de la Ley Orgánica de derechos y libertades de los extranjeros, y que se inste al Consell Insular a garantizar el acceso al transporte público en igualdad de condiciones, independientemente de la situación administrativa.
El PSOE y Unidas Podemos critican que la medida no se basa en informes de impacto ni pruebas de fraude vinculadas a los residentes, sino que responde «a presuntos usos indebidos por parte de turistas».
Además, advierten que la pérdida del abono afectará directamente la vida cotidiana, el empleo, la educación y el acceso a servicios básicos de cientos de familias en la isla.
Así lo han explicado hoy la portavoz socialista, Elena López Bonet, y el portavoz de Esquerra Unida-Podem, Òscar Rodríguez, junto al conseller Víctor Torres.

Elena López Bonet señaló que la decisión de acudir al Defensor del Pueblo se tomó después de que el presidente del Consell Vicent Marí se negara a rectificar la orden, en vigor desde el 2 de diciembre de 2025. Una medida de Vicent Marí, “quien ya no debería estar aquí presidiendo el Consell Insular”, que sitúa al PP del Consell Insular “más cerca de la ultraderecha y de Vox”.
“Para nosotros esto es un castigo horrible, un castigo que nunca debería haber impuesto esta institución a las personas migrantes. Y es por esta misma razón que creemos que la única forma de que esto se detenga es acudiendo al Defensor del Pueblo”, explicó la portavoz del PSOE.
Por su parte, Òscar Rodríguez puso en duda los argumentos técnicos y legales utilizados por el PP del Consell Insular para sostener esta decisión. Rodríguez criticó que se haya intentado justificar el recorte basándose en un presunto fraude que no tiene su origen en los residentes, sino en ciertos perfiles de turistas, y que se ha hecho “sin ningún tipo de informe sobre el impacto que esta medida tiene en la vida de la gente”.
Asimismo, el portavoz de Esquerra Unida-Podem desmontó el argumento del Consell sobre la Ley General de Subvenciones, recordando que el mismo decreto del Gobierno de España explicita la exención de estos requisitos para la gratuidad del transporte. Rodríguez concluyó advirtiendo que “sin justificación no se puede tomar ninguna medida de este tipo”, especialmente cuando afecta de manera directa y negativa al día a día de más de 3.000 personas residentes en la isla.
PSOE y Esquerra Unida-Podem consideran que la exigencia exclusiva de DNI o NIE puede vulnerar el principio de igualdad y generar una situación de discriminación, dado que impide el acceso al transporte público bonificado a residentes que cumplen con la obligación de empadronamiento, pero no disponen de estos documentos administrativos.
Hasta la entrada en vigor de esta instrucción, el acceso a la tarjeta de transporte estaba vinculado a la acreditación de residencia mediante pasaporte y certificado de empadronamiento, un criterio que, como han remarcado, sigue aplicándose en el resto de las islas de la Comunidad Autónoma.
Respuesta del PP en Ibiza
Por su parte, el Grupo Partido Popular del Consell ha defendido «como medida responsable, legal y necesaria» el hecho de que para emitir un documento oficial la institución insular se pida «algo tan básico como un DNI o un NIE». Este requisito «que alegremente tachan de racista» no es más que hacer cumplir «el mismo que imponen los gobiernos socialistas en Cataluña, o incluso en el conjunto de España, a través de los bonos de transporte de Renfe, por poner solo dos ejemplos», subrayan los populares en respuesta a la denuncia ante el Defensor del Pueblo.
«La evidente hipocresía de quienes exigen al PP de Ibiza lo que no son capaces de aplicar allá donde gobiernan, se suma a la flaqueza de los argumentos legales en los que basan su denuncia», argumentan desde el PP de Ibiza.
Alegan, dicen, una supuesta «discriminación» en base a una serie de artículos de la Constitución «que no tienen cabida aquí, pues no se ha establecido ningún requisito de raza o nacionalidad, sino de estatus administrativo».
«Cualquier persona que cumpla la Ley y obtenga la documentación en regla, puede acceder a las tarjetas de autobús y, por ende, a la gratuidad», insisten.
«Entrando al fondo de la cuestión, que de una subvención de casi 8 millones de euros se pretenda que no haya el mínimo control, como pedir un simple DNI o NIE, al igual que pasa en cualquier otro lugar de España, incluidos los pocos en los que gobierna el PSOE, significa declarar públicamente la intención de no querer tener ningún cuidado por los recursos públicos, que no son más que la aportación que día a día hacen todos los ciudadanos para mantener los servicios públicos», dice el PP
Finalmente remarcan que, de «actuar como si no hubiésemos sufrido fraude, de quien intenta aprovecharse de esta gratuidad pese a no cumplir las condiciones, utilizando los requisitos laxos para la expedición de la tarjeta que estaban vigentes hasta el momento, estaríamos gobernando de espaldas a la realidad y sin dar respuesta a situaciones y problemáticas reales».
Si el Defensor del Pueblo investiga, el PP confía en que «validará la medida, como ocurre en cualquier otro lugar de España»
Detalles del escrito de PSOE y Unidas Podemos al Defensor del Pueblo
En el escrito, PSOE y Esquerra Unida-Podem alertan de que, con la puesta en marcha del nuevo contrato del servicio de transporte público, muchas personas que hasta ahora disponían de un abono “lo perderán automáticamente”, y que “el impacto vital y económico para cientos de familias será significativo”. En una isla con fuerte dependencia del transporte por carretera y altos costos de vida derivados de la insularidad, la pérdida del bono gratuito o bonificado puede afectar directamente el acceso al empleo, educación, atención sanitaria y otros servicios básicos.
El documento señala que la medida produce “un impacto adverso específico sobre personas extranjeras en situación administrativa irregular”, configurando un posible supuesto de “discriminación indirecta prohibida por el artículo 14 de la Constitución”, y que la diferencia de trato se produce entre personas empadronadas, donde “el único elemento diferenciador es la situación administrativa en materia de extranjería”.
La denuncia pone en duda la justificación oficial de la medida. El Consell Insular ha alegado la prevención de usos indebidos del sistema por parte de turistas, pero el documento presentado ante el Defensor del Pueblo remarca que “no consta acreditación de que el colectivo excluido esté vinculado al objetivo perseguido”. Tampoco existe “informe técnico público que relacione el supuesto fraude detectado con el colectivo de personas empadronadas sin DNI/NIE, ni evaluación de impacto que justifique la medida adoptada”.
En cuanto al argumento jurídico del Consell basado en la Ley General de Subvenciones, la denuncia considera que “carece de fundamento”, dado que el Real Decreto-ley 17/2025, de 23 de diciembre, que regula el descuento del 100 % en los abonos de transporte en las Islas Baleares para 2026, establece expresamente que esta ley no es aplicable.
La denuncia argumenta que condicionar el acceso a un servicio público esencial no a la residencia efectiva acreditada, sino a la posesión de documentación vinculada al estatus administrativo en extranjería, “desnaturaliza la función del padrón e introduce un requisito ajeno al concepto jurídico de vecindad administrativa”. El Tribunal Supremo ha reiterado que el padrón “no es instrumento de control de la legalidad migratoria, sino de constatación de residencia de hecho”.
En el escrito, PSOE y Esquerra Unida-Podem también cuestionan el sistema de excepciones parciales previsto para determinados colectivos vulnerables —menores tutelados, hijos escolarizados o personas derivadas por Cáritas—, que “sustituye un criterio objetivo de residencia por un sistema asistencial condicionado, incompatible con el carácter universal y general de la medida de gratuidad”.







Claro, quien les votaría si no?