Todos los grupos de la oposición en el Ayuntamiento de Sant Josep, incluyendo Unides Podem, Vox, Ara Eivissa, la edil Raquel Ripoll y PSOE presentaron, el 15 de marzo, una moción conjunta para pedir al alcalde, Vicent Roig, que revoque su decisión de retrasar las fechas de comienzo del taxi estacional, cuyo inicio ha pospuesto unilateralmente el equipo de gobierno 15 días más tarde de lo habitual y de lo establecido por el resto de municipios de la isla. Lejos de considerar en el pleno de esta semana en Sant Josep esta moción inédita, por incluir a todos los grupos de la oposición, el alcalde ha decretado denegar la propuesta bajo el argumento técnico de que esta no es una moción, sino un ruego, y por tanto no cabe en el orden de votaciones del día.
Toda la oposición, excepto Vox, que también firmó la moción conjunta, acusa ahora al alcalde de censurar el debate democrático en el pleno del Ayuntamiento. «Lo que ha hecho Vicent Roig es un claro ejemplo de caciquismo institucional», han manifestado PSOE, Unides Podem, Ara Eivissa y la concejal Raquel Ripoll en un comunicado conjunto. «Primero toman una decisión que perjudica a los trabajadores del taxi sin consultar a nadie y sin ningún informe que lo avale,» rezan el comunicado, «y cuando la oposición se une para pedir la revocación, cierran las puertas del Pleno. Esto no es gobernar: es blindarse ante un control democrático».
15 días menos de taxi estacional en Sant Josep
El Ayuntamiento aprobó el pasado 30 de enero, en su Junta de Gobierno Local, una modificación de las fechas de inicio de la temporada alta del taxi para 2026, retrasando 15 días respecto a lo que establece el vigente Plan de Actuación 2025-2028. Esto significa, de no producirse ningún cambio, que el primer y segundo turno del taxi comenzarán a partir del 1 de mayo y del 15 de mayo, al contrario de lo que establece el plan de transporte, que establece el inicio del primer turno el 15 de abril, y el inicio del segundo turno el 1 de mayo.
En este proceso, según denuncia la oposición, no se consultó a las asociaciones del sector. La oposición denuncia que tampoco se tuvo en cuenta ningún informe técnico o jurídico ni se coordinó esta decisión con el resto de ayuntamientos de la isla, que no han actuado de la misma manera.

La Asociación de Conductores del Taxi de Sant Josep manifestó, recientemente, su preocupación por esta decisión, y denunció las consecuencias de perder 15 días de trabajo, además del agravio comparativo con otros taxistas de la isla que empezarán a trabajar 15 días antes. «Esta decisión resulta difícilmente compatible con la realidad actual de la isla», destacaban entonces los taxistas, que presentaron un recurso de reposición para pedir «la reconsideración de la modificación aplicada y el restablecimiento del calendario originalmente aprobado», en beneficio de la movilidad, la estabilidad del empleo y un servicio público de calidad en Sant Josep.
Moción vs. Ruego
Tal y como han denunciado desde la oposición, el alcalde de Sant Josep ha considerado un ‘ruego’ y no una ‘moción’ la propuesta de la oposición para el pleno de esta semana. Estas tecnicidades quedan definidas por el Reglamento Orgánico Municipal de Sant Josep, aprobado y publicado en el Boletín Oficial de Baleares (BOIB).
El reglamento establece las definiciones de moción y ruego:
Moción: Propuesta de inclusión de un asunto en el orden del día de un pleno ordinario formulada por un grupo político o un/a concejal/a, o varios grupos o concejales/as, que haya sido enviada a la Alcaldía con anterioridad al plazo de 10 días naturales anteriores a la fecha de celebración del Pleno ordinario. En caso de que la propuesta de acuerdo requiera la emisión de informe técnico, económico o jurídico, y que la moción llegue a prosperar, el acuerdo plenario no tendrá vigencia inmediata mientras no se resuelva o finalice el expediente en cuestión. El alcalde o alcaldesa podrá limitar la inclusión en el orden del día del Pleno de un máximo de mociones igual al número de concejales/as de cada grupo político, excepto los grupos políticos con un concejal o concejala, que podrán presentar hasta un máximo de tres mociones por sesión plenaria. Si el grupo, grupos o concejal que presenta la moción, sea de trámite, testimonial o institucional, o proposición de gobierno, quiere que no sea estudiada o informada por la Comisión Informativa correspondiente, necesariamente lo hará constar en su escrito
Ruego: Petición formulada por un/a concejal/a al alcalde o alcaldesa en el punto correspondiente del orden del día, a fin de que quede constancia en el acta.






