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Sant Josep afirma que la caducidad del expediente contra la empresa del Auditorio de Cala de Bou «no supone ningún perjuicio»

Por Vicent Ribas
14 enero 2015
en + Pitiüses
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@Noudiari / El Ayuntamiento de Sant Josep ha rebatido hoy al PSOE-Pacte sobre el expediente sancionador que los progresistas aseguran que el consistorio ha dejado caducar contra la empresa constructora del Auditorio de es Caló de s’Oli, en Cala de Bou. El consistorio afirma que el expediente de imposición de penalidades a la empresa adjudicataria al que hace referencia el grupo Psoe-Pacte, iniciado a principios del mes de junio,» tenía la intención de apremiar a la UTE SICE-VGC para que finalizara la obra en el plazo acordado y se proponía una sanción económica por el retraso acumulado».

Imagen de esCaló de s'Oli
Imagen de es Caló de s’Oli

«Igualmente, viendo la escasa actividad en la obra y tras numerosas reuniones con técnicos y responsables de la obra, el Ayuntamiento requirió a primeros de agosto a la empresa para que imprimiera un mayor ritmo a los trabajos, advirtiéndole de que en caso contrario y de no finalizar en plazo, se iniciarían los trámites para la resolución del contrato. En el pleno del pasado mes de octubre y visto que las justificaciones al retraso por parte de la adjudicataria estaban siempre basadas en causas económicas y que la obra no se había finalizado en plazo, se aprobó incoar el procedimiento para la resolución del contrato administrativo por causas imputables al contratista derivadas del incumplimiento del plazo de ejecución. El expediente tramitado y la propuesta de resolución del contrato se ha remitido al Consell Consultiu para que emita el dictamen preceptivo.», señala el ayuntamiento en su comunicado.

Asimismo, el consistorio manifiesta que, «día de hoy se está a la espera de recibir dicho dictamen sobre la resolución del contrato y tal y como propone el Ayuntamiento y si así lo avala el Consell Consultiu, se obligará al contratista a indemnizar a la administración por los daños y perjuicios ocasionados, que se cuantificarán en el expediente a tramitar un vez se acuerde la resolución del contrato. Por todo ello, el archivo por caducidad del expediente de imposición de penalidades no supone ningún perjuicio para el Ayuntamiento, por cuanto dichas indemnizaciones se exigirán a la empresa adjudicataria, una vez se dicte la resolución del contrato. El objetivo del expediente de imposición de penalidades sólo tenía sentido para exigir el cumplimiento del plazo del contrato y no ha sido voluntad de la empresa cumplir este plazo».

Para terminar, el Ayuntamiento de Sant Josep se muestra «sorprendido» por el hecho «de que el Psoe-Pacte de Sant Josep sólo hable del expediente de imposición de penalidades, que se tramitó en Junta de Gobierno y no haga referencia al inicio de expediente de resolución de contrato, que se aprobó en el pleno ordinario del mes de octubre, con la abstención de grupo progresista», concluye.

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