@Noudiari/El Juzgado de lo Penal número 1 de Ibiza acogerá desde el lunes hasta el viernes el juicio oral por el hundimiento del buque ‘Don Pedro’ en las costas de Ibiza.
Los hechos ocurrieron hace una década, en la madrugada del 11 de julio de 2007, cuando el carguero de la empresa Iscomar chocó contra el islote de Es Dau Gros, frente a las costas ibicencas, minutos después de zarpar del puerto de Ibiza con destino a Valencia.
El buque, de 141,55 metros de eslora, acabó hundido a 42 metros de profundidad y a un kilómetro y medio del dique de Botafoc, tras tomar un rumbo equivocado.
En el escrito de Fiscalía se achaca el accidente a un “posible error humano” a la hora de tomar el rumbo una vez que el buque zarpó del puerto de Ibiza. Este “fallo humano” es responsabilidad, según Fiscalía, del capitán y del segundo oficial del buque.
Los 18 tripulantes y dos pasajeros, que se encontraban a bordo del Iscomar en el momento del fatídico accidente, pudieron ser rescatados sanos y salvos.
Ahora, diez años después, el capitán y el segundo oficial del buque se sentarán en el banquillo de los acusados para responder ante diez acusaciones particulares entre las que se encuentran Autoritat Portuària, el Govern balear y diferentes empresas, que se vieron afectadas por el vertido de hidrocarburos. Las acusaciones eran once, pero el Ayuntamiento de Santa Eulària se ha retirado. En total reclaman más de 2,2 millones de euros por los daños causados.
La Fiscalía, por su parte, no ha presentado ninguna acusación y pide el sobreseimiento provisional de la causa.
El naufragio
En el momento de su naufragio, el ‘Don Pedro’ portaba en su bodega un camión, plataformas vacías y varios contenedores, según el escrito de Fiscalía. Además, el buque almacenaba en sus tanques unas 150 toneladas de fuel y gasoil.
Tras el hundimiento del ‘Don Pedro’, parte de ese combustible llegó a diferentes playas de los municipios de Vila, Santa Eulària y Sant Josep, obligando a las autoridades a prohibir el baño durante varias jornadas, concretamente, hasta el 22 de julio.
Para pedir el sobreseimiento, el fiscal dice en su escrito que pesar de que no puede negarse que se creara una “situación de riesgo” para el medio ambiente debido al vertido, “no se puede determinar si dicho riesgo puede suponer en verdad un grave riesgo para el medio ambiente”, debido, según indica, a que se desconoce cuánto combustible llegó a verterse en el mar y cuánto llegó a las playas.
Por todo ello, la Fiscalía concluye que los niveles de contaminación o de presencia de sustancias contaminantes están “dentro de los parámetros normales”, por lo que se considera que no se reúnen los requisitos para enmarcarlo dentro de un delito de medio ambiente.
Aún así, el Ministerio Público también sostiene que los perjudicados pueden acudir a la vía civil para reclamar el lucro cesante o los gastos generados por la limpieza de las playas y el medio ambiente.
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Esto no es un asunto penal.
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