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Las fiestas en espacios privados y públicos de Baleares que superen los aforos se enfrentan a multas de hasta 600.000 euros desde hoy

Por Laura Ferrer
10 julio 2020
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Imagen de una fiesta con aglomeración de personas en Platges de Comte.

Laura Ferrer Arambarri / La consellera de Administracions Públicas y Modernización, Isabel Castro, ha comparecido hoy en rueda de prensa junto con la portavoz del Govern, Pilar Costa, para explicar el contenido Decreto Ley 11/2020, de 10 de julio, aprobado hoy en Consell de Govern y que aparecerá hoy mismo en el BOIB y que contiene un régimen sancionador específico con multas económicas entre leves y muy graves para quienes incumplan las medidas de aforo, seguridad, distancia social e higiene tanto en establecimientos de hostelería como en viviendas privadas, viviendas con el distintivo de estancia turística y party boats.

Los aforos máximos son de 70 personas en espacios exteriores y de 30 personas en espacios interiores.

Quienes lo superen pueden ser multados y sancionados.




El decreto no incluye, por ser imposible por motivos legales, que se pueda identificar a los organizadores de una fiesta en una casa privada de manera inmediata pero sí se van a coordinar medidas con las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado para establecer pautas disuasorias y para la agilización de otros pasos para tratar de frenarlas e impedirlas.

Mascarillas obligatorias

Por otra parte, el uso obligatorio de mascarillas en espacios abiertos aunque haya distancia de seguridad garantizada, comenzará la semana que viene y habrá un período de adaptación antes de comenzar a establecer sanciones.

Las multas por no usarla serán de 100 euros.


«Se hará una campaña en redes para que todo el mundo tenga acceso a la nueva información», ha explicado Castro sobre el hecho de que esta información del uso de mascarillas llegue a los turistas.

La información se va a facilitar «a todas las patronales que representan al sector turístico», ha añadido.



«Habrá unos días de advertencia para el uso de la mascarilla pero no para los que organicen una fiesta en una villa con 5.000 personas», ha advertido la consellera.

La norma determina los procedimientos que se tienen que seguir, tipifica las infracciones, establece las sanciones correspondientes y centraliza el ejercicio de la potestad sancionadora autonómica en un único órgano.

Respecto a las infracciones y sanciones, se clasifican en leves, graves y muy graves:

Se gradúan teniendo en cuenta la naturaleza de la infracción y las circunstancias concurrentes, atendiendo criterios relacionados con la intencionalidad; la trascendencia del daño o perjuicio causado a la salud pública; el número de personas afectadas; el beneficio obtenido a consecuencia de la infracción; la reincidencia; la posición del infractor en el mercado, y la categoría del establecimiento o las características de la actividad.

Infracciones leves

Así, constituyen infracciones leves, con sanciones de entre 100 y 3.000 euros:

• El incumplimiento de la obligación del uso de mascarillas (ya tipificado por el Gobierno estatal con una sanción de 100 euros).

• El incumplimiento, por parte de establecimientos abiertos al público, de ofrecer información a los usuarios sobre horarios, aforos, distancia social y uso de mascarillas.

• El incumplimiento de los límites de capacidad o de número máximo de personas permitidas en establecimientos o actividades cuando estas afecten a menos de 15 personas.

• Cualquier otra infracción de las obligaciones contenidas en el Real decreto ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la COVID-19 y en el Plan Autonómico de Medidas Excepcionales de Prevención, Contención y Coordinación para Hacer frente a la Crisis Sanitaria.

Infracciones graves

Se consideran infracciones graves, con sanciones entre 3.001 y 60.000 euros:

• La organización de reuniones, fiestas o cualquier otro tipo de acto o acontecimiento (de carácter público o privado / en espacios públicos y privados) en las cuales se produzcan aglomeraciones que impidan o dificulten la adopción de las medidas sanitarias de prevención.

• La participación en reuniones, fiestas u otros acontecimientos de carácter privado, en espacios privados, en los cuales se produzcan aglomeraciones que impidan o dificulten la adopción de las medidas sanitarias de prevención.

• El incumplimiento de los límites de capacidad o de número máximo de personas permitidos en establecimientos o actividades, cuando no constituyan una infracción leve ni muy grave.

• Conductas u omisiones que infrinjan las obligaciones contenidas en el Real decreto ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la COVID-19 y en el Plan Autonómico de Medidas Excepcionales de Prevención, Contención y Coordinación para hacer frente a la Crisis Sanitaria y que produzcan un riesgo o daño grave para la salud de la población.

• El incumplimiento de forma reiterada de las instrucciones recibidas por las autoridades competentes.

Infracciones muy graves

En cuanto a las infracciones muy graves, con sanciones entre 60.001 y 600.000 euros, se prevé:

• La comercialización de reuniones, fiestas o cualquier otro tipo de acto o acontecimiento (de carácter público o privado / en espacios públicos y privados) en las cuales se produzcan aglomeraciones que impidan o dificulten la adopción de las medidas sanitarias de prevención.

• El incumplimiento de los límites de capacidad o de número máximo de personas permitidas en establecimientos o actividades cuando este produzca un riesgo o daño muy grave para la salud de la población. A tal efecto, se fijan como «muy graves» los incumplimientos que afecten además de 150 personas.

• Incumplimientos en las prohibiciones relativas a la apertura de locales.

• El incumplimiento de la obligación de inhabilitar la pista de baile para este uso.

• El incumplimiento de forma reiterada de las instrucciones recibidas por las autoridades competentes si comportan daños graves a la salud.

• Conductas u omisiones que infrinjan las obligaciones contenidas en el Real decreto ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la COVID-19 y en el Plan Autonómico de Medidas Excepcionales de Prevención, Contención y Coordinación para hacer frente a la Crisis Sanitaria y que produzcan un riesgo o daño muy grave para la salud de la población.

Cierre de locales y cese de actividad

• En los casos de infracciones muy graves y en consideración a las circunstancias que se presenten, además de la multa y como sanción accesoria, puede imponerse el cierre del establecimiento o local donde se haya producido la infracción o la prohibición de realizar la actividad durante el plazo máximo de tres años.

• El local permanecerá cerrado durante todo el plazo impuesto en la resolución, con independencia de los cambios de titular que se puedan producir.

• Cuando las infracciones se produzcan en un inmueble dado de alta como vivienda destinada a estancias turísticas, puede imponerse, además de la sanción, la prohibición de la comercialización turística de esta vivienda durante un tiempo máximo de 3 años.

El decreto estará vigente desde su publicación en el BOIB y hasta que el Gobierno central declare la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

Críticas por el uso de mascarilla

Respecto a las críticas que ha recibido el Govern por parte de patronales como Caeb por el uso obligatorio de mascarilla también para los turistas, Pilar Costa ha subrayado que las medidas se toman «atendiendo a criterios técnicos y científicos» para buscar un equilibrio entre «garatizar la salud y la reactivación de la economía».

«La intención es preservar la salud de de todos los ciudadanos, residentes y visitantes, no hay ánimo recaudatorio. Nuestra intención desde un principio es hacer pedagogía», ha subrayado.

La incidencia en baja en Baleares, pero Costa ha subrayado que «hay que intentar no bajar la guardia porque el virus de la pandemia sigue entre nosotros».

«Hay que ser optimistas y positivos pero hay que tomar medidas que nos aconsejan desde el punto de vista técnico y cientiífico haciendo equilibro entre salud y economía», ha añadido.

La presidenta del Consell de Formentera, Alejandra Ferrer, se reunirá el
próximo lunes 13 de julio con la consellera Isabel Castro, para hablar sobre estas medidas de seguridad para evitar la propagación de la Covid-19 en la isla de Formentera. En el encuentro también estará presernte el conseller de Interior, Josep Marí.

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