Noudiari.es
  • Local
    • Local
    • Santa Eulària
    • Sant Joan
    • Sant Antoni
    • Formentera
    • Sant Josep
    • Vila
  • + Pitiüses
  • Deportes
    • Fútbol
    • Baloncesto
    • Atletismo
    • Balonmano
    • Natación
    • Motor
    • Tiro con arco
  • Opinión
    • Cartas a noudiari
    • Columna
  • Cultura
    • Libros
    • Música
    • Llibres curiosos
    • Paraules Nostres
    • Cine
    • Cómics
  • Empresas
Sin resultados
Ver todos
Sin resultados
Ver todos
Noudiari.es
Sin resultados
Ver todos

El Supremo anula una sentencia que no consideraba «sustracción de menor» el caso de una madre que se marchó de Ibiza con su hijo sin consentimiento del padre

Por Redacción
9 abril 2023
en + Pitiüses
1
Tribunal Supremo. Foto: Cberbell (Wikipedia)

Tribunal Supremo. Foto: Cberbell (Wikipedia)

0
Compartido
Share on FacebookShare on Twitter

(EFE).- El Tribunal Supremo ha establecido en una sentencia que se comete sustracción de menor «si en situaciones de crisis de pareja, conviviendo y teniendo la custodia los dos, uno de ellos por la vía de hecho toma al hijo común y se marcha de casa a espaldas del otro».



Así lo indica el Alto Tribunal en una sentencia en la que estima el recurso de la Fiscalía contra el auto dictado en 2021 por la Audiencia Provincial de Baleares, que acordó el sobreseimiento de unas actuaciones seguidas por supuesta sustracción de menor porque entendía que el autor de este delito solo podía serlo el progenitor no custodio o no conviviente con el hijo común.

El Supremo mantiene que «donde ha de centrarse la atención no es en ser custodio o no serlo sino en el derecho mismo de custodia y el superior interés del menor, y estos se ven afectados si en situaciones de crisis de pareja, conviniendo y teniendo la custodia los dos, uno de ellos, por la vía de hecho, toma al niño y se marcha de casa a espaldas del otro».

La sentencia anula la resolución de la Audiencia de Baleares y repone el auto del Juzgado de Instrucción número 4 de Ibiza que en 2020 acordó la apertura de un procedimiento por supuesta sustracción de menor.

El Supremo relata que el 5 de julio de 2019 Y.B., auxiliada por su madre, A.B., ambas investigadas, aprovechando una autorización verbal del denunciante, L.K., para que pudiera viajar a Rusia con el hijo de ambos, de 8 años, y volver a Ibiza, donde residían y estaba el menor escolarizado, le trasladó de manera unilateral y sin conocimiento ni consentimiento del padre custodio a Los Montesinos (Alicante).

Añade que posteriormente hizo maniobras de distracción simulando el viaje a Rusia, con ocultación del menor durante unos tres meses, en los que hubo intentos policiales infructuosos de localización, hasta que finalmente, arrogándose en exclusiva la custodia del menor, adquirió un inmueble en septiembre de 2019 y se empadronó al mes siguiente en el nuevo lugar de residencia sin regresar a Ibiza.

Tags: Audiencia de BalearsTribunal supremo
Noticia anterior

La XXXV Ruta de la Sal corona a sus vencedores

Siguiente noticia

La Selección Femenina de Fútbol presenta en la aguas de Eivissa su segunda indumentaria

RelacionadoNoticias

Cómo sobrevivir a un intento de suicidio

15 noviembre 2025

‘Sa Colla de Vila’ recupera su fiesta pagesa una década después con el evento ‘Anem de Frita’

15 noviembre 2025

Salud advierte de los riesgos derivados del consumo de alcohol para la salud mental de los jóvenes

15 noviembre 2025
Magdalena Valverde

Una psiquiatra infanto-juvenil del Área de Salud de las Pitiusas, incluida en el ranking de las 50 mejores médicas de España

15 noviembre 2025
Siguiente noticia
Imágenes: twitter.com/SEFutbolFem

La Selección Femenina de Fútbol presenta en la aguas de Eivissa su segunda indumentaria

Comentarios 1

  1. Elena says:
    3 años atrás

    Hola, muy bien el artículo. Considero que la decisión del Tribunal Supremo es acertada puesto que ambos progenitores ostentan la patria potestad y por lo tanto, ambos tienen la potestad de decidir sobre la residencia del menor, por lo que si la madre se lo lleva estaríamos ante un traslado ilícito. ¿Me sabrían decir cuál es la referencia de la sentencia y en qué fecha se publicó para profundizar más sobre el tema? Muchas gracias.

    Responder

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Comentarios recientes

  • Joao en La calima cubre completamente Ibiza y Formentera
  • Pepet en El Seprona investiga el hallazgo de una veintena de perros arrojados a una sima en Formentera
  • Anonymous en Vuelve la Feria de atracciones de Navidad a Ibiza
  • Pepe LAGARTO DE PINAREJO en El Seprona investiga el hallazgo de una veintena de perros arrojados a una sima en Formentera
  • Crespell en Los animalistas aseguran que el Plan de Emergencias de la ciudad de Ibiza ignora a mascotas y colonias felinas

Lo más leído

  • Miguel Sevilla, en su último día de trabajo, posa en el Parque Insular de Bomberos, / Noudiari

    Miguel Sevilla: «Nadie debería ser jefe de bomberos durante más de diez años»

    0 Compartir
    Compartir 0 Tweet 0
  • Detenido el hijo del inspector policial vinculado a una trama de narcos en Ibiza

    0 Compartir
    Compartir 0 Tweet 0
  • La calima cubre completamente Ibiza y Formentera

    0 Compartir
    Compartir 0 Tweet 0
  • Detenido un hombre por intento de secuestro y lesiones en Ibiza

    0 Compartir
    Compartir 0 Tweet 0
  • Abre sus puertas el XXIII Salón de Vehículos de Ocasión de Ibiza

    0 Compartir
    Compartir 0 Tweet 0

Archivos

AVISO LEGAL Los contenidos generados por Noudiari se encuentran bajo CC BY-NC 3.0 ES Noudiari.es, Av. de Santa Eulària nº 17 escala D oficina 15D, Illes Balears redaccion@noudiari.es Noudiari es un proyecto de La Pitiusa de Internet SL, NIF B57810103. Política de cookies y Declaración de privacidad Hecho con Wordpress

Gestiona tu privacidad

Para ofrecer las mejores experiencias, nosotros y nuestros socios utilizamos tecnologías como cookies para almacenar y/o acceder a la información del dispositivo. La aceptación de estas tecnologías nos permitirá a nosotros y a nuestros socios procesar datos personales como el comportamiento de navegación o identificaciones únicas (IDs) en este sitio y mostrar anuncios (no-) personalizados. No consentir o retirar el consentimiento, puede afectar negativamente a ciertas características y funciones.

Haz clic a continuación para aceptar lo anterior o realizar elecciones más detalladas. Tus elecciones se aplicarán solo en este sitio. Puedes cambiar tus ajustes en cualquier momento, incluso retirar tu consentimiento, utilizando los botones de la Política de cookies o haciendo clic en el icono de Privacidad situado en la parte inferior de la pantalla.

Funcional Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos. El almacenamiento o acceso técnico que se utiliza exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin un requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de tu Proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarte.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en una web o en varias web con fines de marketing similares.
Estadísticas

Marketing

Características
Siempre activo

Siempre activo
  • Administrar opciones
  • Gestionar los servicios
  • Gestionar {vendor_count} proveedores
  • Leer más sobre estos propósitos
Administrar opciones
  • {title}
  • {title}
  • {title}
Sin resultados
Ver todos
  • Local
    • Local
    • Santa Eulària
    • Sant Joan
    • Sant Antoni
    • Formentera
    • Sant Josep
    • Vila
  • + Pitiüses
  • Deportes
    • Fútbol
    • Baloncesto
    • Atletismo
    • Balonmano
    • Natación
    • Motor
    • Tiro con arco
  • Opinión
    • Cartas a noudiari
    • Columna
  • Cultura
    • Libros
    • Música
    • Llibres curiosos
    • Paraules Nostres
    • Cine
    • Cómics
  • Empresas

AVISO LEGAL Los contenidos generados por Noudiari se encuentran bajo CC BY-NC 3.0 ES Noudiari.es, Av. de Santa Eulària nº 17 escala D oficina 15D, Illes Balears redaccion@noudiari.es Noudiari es un proyecto de La Pitiusa de Internet SL, NIF B57810103. Política de cookies y Declaración de privacidad Hecho con Wordpress