Noudiari.es
  • Local
    • Local
    • Santa Eulària
    • Sant Joan
    • Sant Antoni
    • Formentera
    • Sant Josep
    • Vila
  • + Pitiüses
  • Deportes
    • Fútbol
    • Baloncesto
    • Atletismo
    • Balonmano
    • Natación
    • Motor
    • Tiro con arco
  • Opinión
    • Cartas a noudiari
    • Columna
  • Cultura
    • Libros
    • Música
    • Llibres curiosos
    • Paraules Nostres
    • Cine
    • Cómics
  • Empresas
Sin resultados
Ver todos
Sin resultados
Ver todos
Noudiari.es
Sin resultados
Ver todos
Home + Pitiüses

El Supremo desestima el recurso del Obispado contra la reducción de horas de Religión en Baleares

Por Natalia Cárdenas
28 enero 2020
en + Pitiüses
0
Imagen de archivo.

@Noudiari / La Conselleria de Educación, Universidad e Investigación ha informado en un comunicado que el Tribunal Supremo ha dictado sentencia estimando el recurso del Govern balear contra la Sentencia de 14 de diciembre de 2017 dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de las Islas Baleares (TSJIB) y desestimado el recurso interpuesto por la Diócesis y el Obispado de Mallorca contra la Orden de 23 de mayo de 2016 de la Consellería de Educación, Universidad e Investigación.



La sentencia del Supremo declara válida en todos sus términos la Orden de 23 de mayo de 2016 de la Conselleria de Educación para desarrollar el currículo de la Educación Primaria en Baleares, en la cual estableció una carga lectiva mínima de 1 hora semanal de Religión (o la alternativa de Valores Sociales y cívicos) en todos los cursos de la educación primaria.

Esta Orden fue recurrida también por el sindicado Unión Sindical Obrera (USO) con los mismos argumentos del Obispado, a través de un recurso contencioso-administrativo que solicitaba la anulación del punto 4 de la Orden, referido a la carga lectiva de las materias, por considerar que el horario asignado a la religión católica vulneraba el Acuerdo de 1979 entre el Estado Español y la Santa Sede puesto que impedía impartir la materia en condiciones equiparables al resto de materias. El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares dictó sentencia el 17 de enero de 2018, estimando el recurso y declarando nulo el punto 4 de la Orden citada. Contra esta sentencia la abogacía de la comunidad autónoma interpuso recurso de casación ante el Tribunal Supremo el 8 de marzo de 2018.

Ahora, en los fundamentos jurídicos de la sentencia el Tribunal Supremo considera que la carga lectiva asignada a la materia de religión en el currículo de educación primaria no vulnera el Acuerdo con la Santa Sede puesto que los recurrentes no acreditan que sea insuficiente para impartir la materia adecuadamente y en condiciones equiparables al resto.

Además, asume la argumentación de la abogacía de la comunidad autónoma, que hace referencia a que el Ministerio de Educación, administración educativa a la cual compete la regulación básica de la enseñanza, ha considerado en su ámbito de competencia (Ceuta y Melilla y enseñanzas a distancia) que una carga horaria similar o incluso inferior a la establecida en el currículo de Baleares es suficiente para desarrollar adecuadamente a esta materia.

Noticia anterior

El ministro del Interior espera detener «en breve» a explotadores sexuales de menores tuteladas

Siguiente noticia

Venden un autobús-patera de 15 habitaciones como vivienda por 85.000 euros en Ibiza

RelacionadoNoticias

El vehículo cuyo conductor ha multado la Policía Local de Ibiza. Foto: Policia Local Ibiza

Multan con 200 euros al propietario de un Lamborghini por aparcar mal en Ibiza

6 octubre 2026
Imagen de presentación del cartel de fiestas de Santa Teresa en es Cubells. Imagen: Ayto. Sant Josep

De ‘ses matances’ a Serrat: los actos más singulares de las fiestas de Santa Teresa en es Cubells

6 octubre 2026

Cortado al tráfico el Camí des Fil el miércoles y el jueves por el asfaltado

6 octubre 2026
Ana Ferrer, en la imagen oficial como concejala de Ibiza.

El PSOE pide a Triguero que explique désde cuando sabía el caso Ana Ferrer y por qué la dimisión tardó 10 días

6 octubre 2026
Siguiente noticia

Venden un autobús-patera de 15 habitaciones como vivienda por 85.000 euros en Ibiza

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Comentarios recientes

  • roque miglionico en Enfermo crónico, con discapacidad… y sin cita
  • Roberto en Dimite una edil del PP de Ibiza tras la detención de su marido en una operación antidroga
  • Sophie en Dimite una edil del PP de Ibiza tras la detención de su marido en una operación antidroga
  • Laura Ferrer en Esta es nuestra Ibiza: Una familia de paputs, un garrover centenario y una llamada de atención 
  • Joao en Dimite una edil del PP de Ibiza tras la detención de su marido en una operación antidroga

Lo más leído

  • Dimite una edil del PP de Ibiza tras la detención de su marido en una operación antidroga

    0 Compartir
    Compartir 0 Tweet 0
  • La llave de tu coche no se ha quedado sin pilas: los clientes de un súper sufren los inhibidores en Ibiza

    0 Compartir
    Compartir 0 Tweet 0
  • El caso Toni ‘Taronges’ pasa a fase de investigación policial y judicial tras más de dos meses desaparecido en Ibiza

    0 Compartir
    Compartir 0 Tweet 0
  • Vila convertirá en zona peatonal la cuneta junto al colegio Sa Real en la E-10 tras años de abandono

    0 Compartir
    Compartir 0 Tweet 0
  • Paquita Marí, la primera maestra ‘margera’ de Ibiza que se hizo hueco en la construcción a golpe de maza

    0 Compartir
    Compartir 0 Tweet 0

Archivos

AVISO LEGAL Los contenidos generados por Noudiari se encuentran bajo CC BY-NC 3.0 ES Noudiari.es, Teléfono 871907287. Av. España 7B, 1º - 1ª, Eivissa, Illes Balears redaccion@noudiari.es Noudiari es un proyecto de La Pitiusa de Internet SL, NIF B57810103. Política de cookies y Declaración de privacidad Hecho con Wordpress

Gestiona tu privacidad

Para ofrecer las mejores experiencias, nosotros y nuestros socios utilizamos tecnologías como cookies para almacenar y/o acceder a la información del dispositivo. La aceptación de estas tecnologías nos permitirá a nosotros y a nuestros socios procesar datos personales como el comportamiento de navegación o identificaciones únicas (IDs) en este sitio y mostrar anuncios (no-) personalizados. No consentir o retirar el consentimiento, puede afectar negativamente a ciertas características y funciones.

Haz clic a continuación para aceptar lo anterior o realizar elecciones más detalladas. Tus elecciones se aplicarán solo en este sitio. Puedes cambiar tus ajustes en cualquier momento, incluso retirar tu consentimiento, utilizando los botones de la Política de cookies o haciendo clic en el icono de Privacidad situado en la parte inferior de la pantalla.

Funcional Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos. El almacenamiento o acceso técnico que se utiliza exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin un requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de tu Proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarte.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en una web o en varias web con fines de marketing similares.
Estadísticas

Marketing

Características
Siempre activo

Siempre activo
  • Administrar opciones
  • Gestionar los servicios
  • Gestionar {vendor_count} proveedores
  • Leer más sobre estos propósitos
Administrar opciones
  • {title}
  • {title}
  • {title}
Sin resultados
Ver todos
  • Local
    • Local
    • Santa Eulària
    • Sant Joan
    • Sant Antoni
    • Formentera
    • Sant Josep
    • Vila
  • + Pitiüses
  • Deportes
    • Fútbol
    • Baloncesto
    • Atletismo
    • Balonmano
    • Natación
    • Motor
    • Tiro con arco
  • Opinión
    • Cartas a noudiari
    • Columna
  • Cultura
    • Libros
    • Música
    • Llibres curiosos
    • Paraules Nostres
    • Cine
    • Cómics
  • Empresas

AVISO LEGAL Los contenidos generados por Noudiari se encuentran bajo CC BY-NC 3.0 ES Noudiari.es, Teléfono 871907287. Av. España 7B, 1º - 1ª, Eivissa, Illes Balears redaccion@noudiari.es Noudiari es un proyecto de La Pitiusa de Internet SL, NIF B57810103. Política de cookies y Declaración de privacidad Hecho con Wordpress