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Home Local

La Audiencia Provincial anula la sentencia absolutoria a ‘Botja’ y Arabí por destrucción de patrimonio histórico

Por Carlos Vidal
17 enero 2016
en Local
4

@Noudiari / La Audiencia Provincial de Baleares ha anulado la sentencia absolutoria dictada el 30 de junio de 2015 en primera instancia por el Juzgado de lo Penal Nº2 de Ibiza, por lo que Joan Marí ‘Botja’ y Antoni Arabí, exconseller de Cultura i Patrimoni y exdirector insular de Patrimoni, respectivamente, y los responsables de la empresa constructora, Matías Arrom y Sancho Álvarez, deberán volver a sentarse en el banquillo por delitos contra el patrimonio histórico durante las obras de la segunda ronda de Vila, entre los años 2004 y 2006.

En primer plano, Antoni Arabí, exdirector de Patrimonio, Joan Marí Tur, exconseller de Patrimonio, el constructor Matías Arrom Bibiloni y el jefe de las obras del segundo cinturón, Sancho Álvarez Alemán en el juicio del año pasado. Foto: D. V.
Antoni Arabí, Joan Marí Tur, Matías Arrom y Sancho Álvarez, en el juicio del año pasado.

Los magistrados han estimado el recurso de apelación presentado por el Ministerio Fiscal y por la entidad pública sin ánimo de lucro GEN-GOB, que solicitaban la revocación de la sentencia por «incongruente» y que se dicte otra en su lugar «en que se proceda a subsanar las deficiencias observadas» durante el primer juicio, en el que «no se habría dado respuesta a todas las cuestiones de hecho penalmente relevantes».

Dichas obras empezaron sin ningún tipo de control arqueológico -lo cual era una ilegalidad- aunque posteriormente fueron supervisadas por Josep María Garí, Ricard Marlasca y Josefina Escandell, de la empresa Posidonia. Estos fueron despedidos en mayo de 2005 y durante un mes y medio las obras prosiguieron sin ningún tipo de control -momento en el que se acentuaron las destrucciones, entre ellas una cisterna púnica-romana y un tramo de 20 kilómetros de un acueducto romano de 2.000 años de antigüedad- y posteriormente la constructora contrató a los arqueólogos Joan Roig y Jonathan Castro, que prosiguieron la supervisión hasta el final de los trabajos.

Según la nueva sentencia, se considera probado que se dio inicio a las obras proyectadas «sin observar las más mínimas precauciones para el cumplimiento de las cláusulas contractuales y entre ellas la contratación de técnicos arqueólogos para llevar a cabo aquel seguimiento a que se había obligado la empresa adjudicataria». Por ese motivo, la Audiencia Provincial anula la anterior sentencia, devolviendo las actuaciones a fin de procederse a un nuevo dictado de la misma.

El Ministerio Fiscal solicitaba en este caso una pena de tres años de prisión y multa de 72.000 euros para los cuatro acusados por los delitos de destrucción del patrimonio histórico, además de pedir diez años de inhabilitación para ocupar un cargo público para Joan Marí ‘Botja’ y Antoni Arabí por delito de prevaricación continuada.

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Comentarios 4

  1. Un poc de seny says:
    10 años atrás

    A vore si encara voré un Botja entrar a Cas Mut… Ja seria hora un poquet de seny.

    Responder
  2. luison says:
    10 años atrás

    El dueño del despacho donde se decidió el latrocinio no está en la foto.

    Responder
  3. votante says:
    10 años atrás

    Oleeee, al trullo!!!

    Responder
  4. portmany says:
    10 años atrás

    El/los que la hacen, la pagan.

    Si la Justicia determina su culpabilidad, que se atengan a las consecuencias.

    Si ello obliga a ingresar de huesped en el «Hotel

    Naranjo», pues para adentro y punto.

    Una cura de humildad y salud no hace daño a nadie.

    Salutem.

    Responder

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