La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears ha estimado la medida cautelar solicitada por el Ajuntament de Santa Eulària des Riu y ha acordado la suspensión cautelar de la orden de sacrificio del perro que llegó en patera a la playa de s’Estanyol en diciembre de 2025 procedente de Argelia.
Según el auto judicial, el animal deberá continuar en aislamiento y bajo vigilancia veterinaria en las instalaciones de Natura Parc, en Mallorca, donde permanece actualmente en buen estado. Durante este periodo, el Ajuntament seguirá asumiendo los gastos derivados de su cuidado mientras se resuelve el procedimiento contencioso-administrativo.
El perro llegó a Ibiza el 11 de diciembre de 2025 junto a un núcleo familiar procedente de Argelia. Tras la intervención de la Policía Nacional-Extranjería, la familia fue trasladada a un centro de Cruz Roja en Mallorca, mientras que el cachorro —un mestizo de caniche de unos tres meses— fue recogido por el servicio municipal de protección animal. En el momento de su recogida no presentaba heridas ni síntomas compatibles con la rabia.
Días después, el 16 de diciembre, la Dirección General de Salud Pública del Govern balear emitió una resolución ordenando su sacrificio al proceder de un país con rabia endémica. Ante esta decisión, el Ayuntamiento de Santa Eulària presentó un recurso al considerar que existían alternativas previstas en la normativa, como la cuarentena y la observación veterinaria, y que el riesgo sanitario podía ser gestionado sin recurrir al sacrificio.
El consistorio defendió además que el animal, por su edad, estado de salud y ausencia de signos de enfermedad, podía mantenerse bajo control veterinario estricto, tal y como finalmente se ha venido realizando desde su traslado a Natura Parc el 12 de enero de 2026.
Tras la desestimación del recurso administrativo, el Ayuntamiento acudió a la vía contencioso-administrativa el 14 de abril, solicitando medidas cautelares para paralizar la ejecución de la orden. El tribunal ha considerado ahora que, aunque la protección de la salud pública debe prevalecer, en este caso es posible compatibilizarla con el mantenimiento del animal bajo control sanitario, ya que no supone actualmente un riesgo para la población.
Asimismo, la Sala señala que ejecutar el sacrificio antes de la resolución del procedimiento podría causar un perjuicio irreversible si finalmente el recurso prospera.
Desde el Ajuntamiento de Santa Eulària también se ha querido aclarar que la decisión de recurrir la orden de sacrificio ha sido adoptada por el propio consistorio, que rechaza las informaciones que le atribuían dicha decisión y subraya que ha impulsado las acciones legales para evitarla y garantizar todas las garantías jurídicas y sanitarias del caso.






