El Ayuntamiento de Eivissa inicia este viernes 17 de abril el plazo de solicitud para optar a una de las 7 viviendas protegidas situadas en el barrio de Sa Penya, y que forman parte del plan integral de vivienda municipal “Eivissa, una ciutat per-viure-hi”.
Se trata de un total de 7 inmuebles de distintas características situados en las calles Vista Alegre, Sa Drassaneta y Retir, todas en el barrio de Sa Penya. Las viviendas de titularidad municipal deberán ser destinadas a domicilio habitual, y no podrán en ningún caso subarrendarse.
Serán adjudicadas en modalidad de alquiler asequible, que en función de la vivienda oscilará entre 200 y 460 € mensuales.
Las personas interesadas disponen de diez días hábiles desde este viernes (hasta el día 30 de abril inclusive) para presentar la solicitud y la documentación requerida.
Requisitos
Los interesados deben cumplir una serie de requisitos obligatorios para optar a la adjudicación, que se realizará por sorteo entre los solicitantes que cumplan los requisitos.
– El solicitante deberá estar inscrito en el Registro público de demandantes de vivienda del Instituto Balear de la Vivienda (IBAVI) con un mínimo de un año de antigüedad a la fecha de finalización del plazo para presentar la solicitud.
– Nacionalidad o residencia legal y empadronamiento: Todos los miembros de la unidad familiar/de convivencia deberán ostentar la nacionalidad española o, en su defecto, residencia legal en territorio español. Asimismo, se exige que el solicitante conste empadro- nado en el municipio de Eivissa con una antigüedad mínima de diez (10) años continuados e inmediatamente anteriores a la solicitud.
– Ausencia de propiedad en pleno dominio o derecho de uso de vivienda: Será requisito indispensable que ni el solicitante ni ninguno de los miembros de la unidad familiar o de convivencia sean titulares de pleno dominio o de un derecho real de uso o de disfrute sobre otra vivienda en todo el territorio nacional. Se exceptúa la exigencia de este requisito a quienes siendo titulares de alguno de estos derechos, no puedan ocupar la vivienda por causas que no le sean imputables, incluidas las situaciones de proindiviso de una vivienda, y acrediten documentalmente la no disponibilidad de la misma por causa de separación o divorcio o cualquier otra causa debidamente acreditada y justificada, ajena a su voluntad y siempre y cuando no perciban rendimiento de capital inmobiliario alguno.
– No haber sido ni el solicitante ni ningún otro miembro de la unidad familiar o de convivencia adjudicatario de vivienda pública en los últimos diez años salvo causas justificadas (renuncia expresa, imposibilidad de ocupación, emergencia social…)
– Que ningún miembro de la unidad familiar o de convivencia haya sido desahuciado por ocupación ilegítima de vivienda alguna o se encuentre ocupando una vivienda o inmueble de titularidad municipal sin título legítimo para ello en el momento de la solicitud o con posterioridad a la misma, antes de la adjudicación.
– Estar la persona solicitante y demás miembros de la unidad familiar o de convivencia al corriente de pago de sus deudas con el Ayuntamiento de Eivissa y frente a la Seguridad Social así como al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) y con la Agencia Tributaria de las Illes Balears (ATIB). El cumplimiento de este requisito se verificará en el momento de la adjudicación de las viviendas, debiendo subsanar su posible incumplimiento con anterioridad a la aceptación de la vivienda ofrecida.
Además, existen otra serie de requisitos específicos para cada lote en función de la tipología de vivienda.
a) Para contingente 1 (Lotes 1 y 2) destinado a unidades familiares de 3-4 miembros:
– Composición de la unidad familiar: La unidad familiar deberá estar integrada por un mínimo de tres (3) y un máximo de cuatro (4) miembros, de los cuales únicamente podrán ser mayores de edad hasta un máximo de dos (2) personas.
– Límites de ingresos de la unidad familiar para lotes 1 y 2: Los ingresos íntegros anua- les de la unidad familiar deberán ser superiores a dos (2) veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), equivalentes, según el número de pagas, a catorce mil cuatrocientos euros (14.400 €) en el supuesto de doce (12) pagas, o dieciséis mil ocho- cientos euros (16.800 €) en el supuesto de catorce (14) pagas.
Asimismo, dichos ingresos no podrán superar cinco (5) veces el IPREM, equivalentes a treinta y seis mil euros (36.000 €) en el supuesto de doce (12) pagas, o cuarenta y dos mil euros (42.000 €) en el supuesto de catorce (14) pagas.
b) Para contingente 2 (Lote 3):
– Ser familia monoparental
– Composición de la unidad familiar: La unidad familiar deberá estar integrada por un máximo de dos (2) miembros, de los cuales únicamente podrán ser mayores de edad hasta un máximo de una (1) persona.
– Límites de ingresos de la unidad familiar para lote 3: Los ingresos íntegros anuales de la unidad familiar deberán ser superiores a dos (2) veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), equivalentes, según el número de pagas, a catorce mil cua- trocientos euros (14.400 €) en el supuesto de doce (12) pagas, o dieciséis mil ochocientos euros (16.800 €) en el supuesto de catorce (14) pagas.
Asimismo, dichos ingresos no podrán superar cuatro (4) veces el IPREM, equivalentes a veintiocho mil ochocientos euros (28.800 €) en el supuesto de doce (12) pagas, o treinta y tres mil seiscientos euros (33.600 €) en el supuesto de catorce (14) pagas.
c) Para contingente 3 (Lotes 4 a 7):
– Ser menor de 35 años a fecha de finalización del plazo para presentar la solicitud. Este requisito debe ser cumplido por los dos miembros de la unidad familiar/de convivencia.
– Composición de la unidad familiar: La unidad familiar deberá estar integrada por un mínimo y un máximo de dos (2) miembros, de los cuales podrán ser mayores de edad has- ta un máximo de dos (2) personas.
– Composición de la unidad de convivencia en su caso: La unidad de convivencia de- berá estar integrada por un mínimo y un máximo de dos (2) personas mayores de edad o emancipadas.
– Límites de ingresos de la unidad familiar o de convivencia para lotes 4 a 7: Los in- gresos íntegros anuales de la unidad familiar deberán ser superiores a dos (2) veces el In- dicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), equivalentes, según el número de pagas, a catorce mil cuatrocientos euros (14.400 €) en el supuesto de doce (12) pagas, o dieciséis mil ochocientos euros (16.800 €) en el supuesto de catorce (14) pagas.
Asimismo, dichos ingresos no podrán superar cinco (5) veces el IPREM, equivalentes a treinta y seis mil euros (36.000 €) en el supuesto de doce (12) pagas, o cuarenta y dos mil euros (42.000 €) en el supuesto de catorce (14) pagas.
Plazo y vías de solicitud
Los interesados en concurrir a esta convocatoria podrán presentar la solicitud de cualquiera de las siguientes maneras:
– De forma presencial en las Oficinas de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Eivissa, calle Canàries, 35, edif. CETIS
– De forma telemática en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Eivissa (https://eivissa.sedelectronica.es/info.0 ) siendo necesario disponer de certificado o DNI electrónico, de clave pin o de clave permanente
– De cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC)
Se puede consultar la documentación a presentar y todas las bases de la convocatoria en el BOIB, y en la web municipal eivissa.es
El alcalde de Eivissa ha destacado que “es una excelente noticia que este Ayuntamiento tenga ya siete viviendas disponibles para entregar a familias del municipio que lo necesitan. Este equipo de gobierno es consciente del grave problema de la vivienda, por eso en el primer año de mandato presentamos un plan estratégico, el más ambicioso de la historia del municipio con más de 1.200 viviendas proyectadas. Hoy las primeras siete ya son una realidad, siete familias que podrán mirar con alegría y esperanza al futuro”.

Por su parte la regidora de vivienda Lola Penín ha señalado que “ver convertidas en una realidad las primeras siete viviendas de “Eivissa una ciutat per viure-hi” es una alegría enorme. Seguimos trabajando incansablemente en ejecutar el plan de vivienda y tener más viviendas disponibles lo antes posible. Invitamos a todos los residentes del municipio que cumplan los requisitos a preparar la documentación y presentar su solicitud, ya que al ser por sorteo todos tienen las mismas oportunidades”.





