Jesús Gallardo Ramírez, presidente de la Plataforma de Autocaravanas Autónoma (P.A.C.A.), responsable del área jurídica de la asociación y una de las voces críticas contra lo que considera una “persecución” en Ibiza contra su sector, ha salido al paso de una información que ha generado alarma social en el sector durante las últimas horas.
Con la ley en la mano y años de experiencia en el sector afirma con rotundidad que el titular que ha corrido como la pólvora —»Las autocaravanas podrán aparcar ya como cualquier otro vehículo»— no responde a la realidad de la reforma del Reglamento General de Circulación.
La noticia, publicada este pasado domingo 28 de junio en un medio nacional, anunciaba que el Real Decreto 1428/2003 había sido modificado para equiparar el estacionamiento de autocaravanas al de cualquier otro vehículo. En cuestión de horas, el contenido se viralizó entre miles de autocaravanistas que celebraban lo que parecía una victoria largamente esperada, mientras causaba alarma en otro sector de la población más crítico con estos vehículos.
Sin embargo, según Gallardo, esa lectura es totalmente errónea y puede generar falsas expectativas entre los usuarios: «La reforma no cambia absolutamente nada», sentencia en contacto con Noudiari.es.
«Siempre han podido aparcar como cualquier vehículo; el problema es que no las dejaban»
El presidente de PACA explica que la confusión parte de una premisa equivocada. Las autocaravanas, recuerda, nunca han tenido un régimen de aparcamiento distinto al resto de vehículos desde el punto de vista legal. El problema real, señala, nunca ha sido normativo sino práctico: a través de ordenanzas municipales y señalización, muchos ayuntamientos han venido restringiendo su estacionamiento, y con la nueva reforma esa situación no va a cambiar.
Lo único que se ha conseguido, matiza Gallardo, es que el nuevo artículo 92 del reglamento, en sus apartados 4 y 5, recoja expresamente las condiciones en las que debe estacionarse una autocaravana: No extender elementos que sobresalgan del perímetro del vehículo, apoyarse sobre neumáticos, calzos o cuñas de seguridad y no verter fluidos procedentes del habitáculo.

Para el presidente de la asociación, esta concreción era poco necesaria, ya que el propio sector tiene asumido que estacionar y acampar son conceptos distintos. La reforma, insiste, no introduce ningún derecho nuevo en este sentido.
El verdadero cambio: el artículo 93 no desaparece, se traslada
Una de las afirmaciones que más ha contribuido a la confusión, según Gallardo, es la idea de que el artículo 93 del reglamento —el que permite a los ayuntamientos regular mediante ordenanza municipal el régimen de parada y estacionamiento— queda derogado a partir del 1 de octubre de 2026. Esto no es exacto, aclara: el contenido de ese artículo no desaparece, sino que se traslada al artículo 156 del nuevo texto.
Así que, en la práctica, el ayuntamiento sigue teniendo todo el poder para regular el estacionamiento en las calles mediante ordenanza y tomar medidas contra el entorpecimiento del tráfico. Y es justo en eso en lo que se han apoyado muchos ayuntamientos, como los de Ibiza, para poner límites a las autocaravanas en sus calles y aparcamientos disuasorios. A eso se suman las restricciones del Consell d’Eivissa sobre entrada de autocaravanas y caravanas en la isla de Ibiza, ya que solo pueden hacerlo con una reserva previa en un camping reglado. Por eso Gallardo insiste en que el colectivo está «en la misma situación, o incluso peor» que antes de la reforma.
La DGT no manda donde hay Policía Local
Gallardo pone el dedo en una cuestión que ve clave, y que la propia DGT admite en sus documentos: “en los municipios donde la Policía Local tiene las competencias de tráfico, la DGT no puede meterse ni oponerse a las ordenanzas municipales”. Y esto afecta de lleno a las señales que limitan dónde pueden circular o aparcar las autocaravanas.
Según cuenta, aunque muchas de esas señales no estén en el catálogo oficial del reglamento —y por tanto no sean del todo «legales»— quien decide si se ponen o no es el ayuntamiento, que es el titular de la vía.
En caso de no estar de acuerdo, solo quedaría recurrir esa decisión en los tribunales, porque la DGT no puede actuar por su cuenta para quitarlas.
“Esta forma de repartir competencias no es ninguna novedad”, recuerda Gallardo: “ya aparecía en el artículo 7 del Real Decreto Legislativo 339/1990 y se mantiene en el artículo 7 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial”. Son normativas que otorgan a los ayuntamientos la potestad de ordenar, controlar y vigilar el tráfico en sus calles, y también la de regular mediante ordenanza el uso de esas vías.
Lo que dicen los tribunales
Es más, en una amplia respuesta a Noudiari, Gallardo recuerda la sentencia del Tribunal Supremo, de 13 de marzo de 2018.
Este texto avala la capacidad de los consistorios para limitar el estacionamiento de autocaravanas “alegando que perjudican la fluidez y la seguridad del tráfico, además de restar plazas a otros usuarios de la vía”.
Según esta jurisprudencia, las autocaravanas no son totalmente equiparables a otros vehículos porque tienen uso residencial, de manera que permite restringir su circulación o estacionamiento.

Gallardo denuncia que esto da lugar a lo que califica de «trampa legal»: muchos municipios colocan a la entrada señales de prohibido a vehículos de más de 3,5 toneladas o de más de 5 metros —salvo reparto—, sabiendo de antemano que esas medidas coinciden con las dimensiones habituales de una autocaravana. Según la interpretación judicial vigente, esta práctica no constituye discriminación, y el incumplimiento de esas señales, aunque no estén homologadas, puede acarrear sanciones legales si se considera que son comprensibles para el conductor.
El presidente de la asociación añade un matiz relevante sobre la pernocta: según los criterios fijados por el Tribunal Supremo, dentro de una autocaravana sí se puede hacer vida, pero no en la vía pública. Por ese motivo, “los ayuntamientos pueden prohibir pernoctar en la calle alegando su responsabilidad patrimonial, ya que las personas que duermen en el interior de un vehículo estacionado quedan expuestas al riesgo de un accidente provocado por terceros en circulación”.
«Estamos en la misma situación de antes: no hay avance alguno»
Gallardo cierra su pormenorizada explicación con un balance crítico. A su juicio, “lejos de haber conseguido nuevos derechos, el sector se mantiene exactamente en el mismo punto de partida”, mientras observa “cómo distintas administraciones se desentienden del problema: la DGT se desvincula de la competencia, el Ministerio de Fomento sostiene que las señales no homologadas son válidas si resultan comprensibles, y la propia DGT ha llegado a pronunciarse sobre la pernocta a través de instrucciones internas pese a no tener competencia en esa materia, que corresponde a la Ley 4/2015”.
El presidente de PACA insiste en que la única vía real para revertir esta situación pasa por la unión de las distintas asociaciones del sector, frente a las reclamaciones o interpretaciones aisladas que, según advierte, «no tienen recorrido» si se plantean sin el respaldo jurídico adecuado ni una estrategia común.






