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Sant Josep se salta la normativa para favorecer una nueva urbanización, según el GEN

Por Vicent Ribas
14 septiembre 2020
en Sin categoría
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Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia.

NouDiari / El GEN ha denunciado en un comunicado que el Ayuntamiento de Sant Josep está tratando de evitar que el decreto ley 9/2020 detenga la urbanización de la zona denominada como es Port de can Nebot, «tal y como ya ha pasado en anteriores ocasiones», afirma. Según la agrupación ecologista, el consistorio decidió archivar en 2017, 12 años después, el expediente de caducidad de la licencia de un proyecto que permite la construcción de 60 nuevas viviendas en este paraje y que debería de haber quedado archivado en virtud a la normativa, indica.



«Dada la situación urbanística de la zona, la actuación municipal no tiene ninguna justificación. Es más, desde entonces, tampoco ha iniciado ningún nuevo expediente de caducidad de la licencia a pesar de tener legalmente la posibilidad y la obligación de hacerlo», apunta el GEN.

El GEN sostiene que el reglamento de servicio de las corporaciones locales es claro en este sentido: “Las licéncias quedarán sin efecto si se incumplieran las condiciones a las que estuvieran subordinadas y deberán ser revocadas cuando desaparecieran las circunstancias que motivaron su otorgamiento o sobrevinieran y que, de haber existido, habrían justificado la denegación de la licencia por los nuevos criterios de apreciación adoptados».

Para el GEN, «el Ayuntamiento de Sant Josep ha optado por rehuir de su deber de velar por el interés general y, en vez de decretar la caducidad definitiva de la licencia y anular la aberrante clasificación de estos terrenos, que no disponen de servicios para ser considerados suelo urbano y, por lo tanto, en cumplimiento de la normativa actual tienen que quedar desclasificados, elabora un expediente lleno de irregularidades e ilegalidades, propio de la época franquista, para seguir amparando la especulación en este lugar».

Para la plataforma proteccionista, «la firma de un convenio urbanístico con una promotora, para amparar derechos edificatorios que no existen y que son contrarios al interés del municipio, se ampara en una argumentación que no tiene ni sentido y que no sostiene un mínimo análisis básico. De hecho, las condiciones de licencia otorgada en su momento, y que ahora se emplea para justificar el convenio, eran claras: plazo máximo para iniciar la obra 27/3/2006; plazo máximo de acabado 27/3/2008. El plazo de ejecución solo podía ser ampliado una vez, por un plazo de la mitad del tiempo inicialmente autorizado. Es decir, las obras tenían que estar acabadas, como máximo, por el 27 de marzo de 2009. Hace más de once años».

El GEN sostiene que el ayuntamiento no puede tramitar una nueva delimitación de un plan parcial sin la participación de la Comisión balear de Medio Ambiente o el Consell Insular. «Este hecho supondría un fraude de ley y un delito, uno más, de prevaricación urbanística».

«Los despropósitos no acaban aquí», continúa diciendo el comunicado emitido por el GEN: «El convenio pretende dar cumplimiento a una vieja aspiración de los propietarios del terreno de impedir el paso a la costa, escudandose en una supuesta e inexistente peligrosidad. Así, se impediría el acceso al público y a los propietarios de las casetas varadero existentes a este lugar».

«Que el Ayuntamiento se atreva a conculcar de este modo los derechos de los vecinos para favorecer las ansias de privatización de la costa de una promotora no es más que otro ejemplo de la nula vinculación del consistorio con el interés general y los derechos de los vecinos, siempre relegados para dejar paso al urbanismo salvaje», indica el GEN.

El GEN-GOB ha presentado alegaciones al convenio urbanístico solicitando:

– La revocación del mismo. La revisión y revocación del acuerdo municipal de día 27/12/2017 por el cual se acuerda el archivo del expediente de caducidad de la licencia 363/2005, y la continuidad del proceso de caducidad de la misma.

‐ La inclusión del terreno como suelo rústico en virtud del Decreto Ley 9/2020 de medidas urgentes de protección del territorio, al tratarse claramente de un falso urbano. Además, se ha pedido la remisión de documentación que obra en el expediente para adoptar posibles medidas legales para evitar este nuevo atentado en la costa que pretende amparar el consistorio josepí.

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