Noudiari ha preguntado a hosteleros y vecinos qué opinan de la reforma que llevará el humo fuera de bares, playas y espacios públicos
El Consejo de Ministros aprobó el pasado 21 de julio el proyecto de ley que amplía los espacios sin humo en España, incorporando por primera vez terrazas de bares y restaurantes, playas, piscinas colectivas, instalaciones deportivas y espectáculos al aire libre a la lista de lugares donde no se podrá fumar. El texto, que ahora inicia su tramitación en las Cortes Generales, modifica la Ley 28/2005 de medidas sanitarias frente al tabaquismo y también prohíbe, por primera vez, el propio consumo de tabaco por parte de menores de edad (hasta ahora solo estaba vetada su venta y suministro).
Noudiari ha salido a la calle en Ibiza para recoger el pulso del sector hostelero, uno de los más afectados por la reforma. La sensación generalizada es de comprensión hacia el espíritu de la ley, pero con matices y bastante inquietud sobre sus consecuencias prácticas.
«La terraza la pago yo»
Marta Armayones, que regenta un bar en la calle Aragón de Ibiza, cree que la norma perjudicará especialmente a los negocios pequeños, donde parte de la clientela combina la copa con el cigarrillo. Le parece bien que se prohíba fumar en parques o playas, pero discrepa cuando se trata de un espacio de gestión privada: si la terraza es suya y la paga ella, considera que debería poder decidir si se permite fumar o no.
Su temor principal, además, no es solo económico sino de limpieza: «si los clientes no pueden fumar en la terraza, lo harán a pocos metros, en la vía pública, y las colillas acabarán en las jardineras o en el suelo», lamenta. Ese espacio, avisa, ya no entra dentro de lo que ella se encarga de limpiar, y tendrá que asumirlo el ayuntamiento.
Entre el bar y el restaurante, matices distintos
En Ses Figueretes, Gioia Lisabettini y Michael Di Febo, que llevan un bar en el barrio, hacen una distinción que se repite en varias de las conversaciones: no es lo mismo un restaurante que un bar de copas. Di Febo entiende la ley porque el tabaco hace daño, pero cree que tiene más sentido en el contexto de un restaurante, donde se sirve comida y a los clientes les gusta poder oler el plato sin interferencias. En un bar de copas, en cambio, ve el asunto más delicado: si el cliente sale a fumar, no siempre se sabe si va a volver a la mesa, y eso afecta directamente al negocio.
Lisabettini pide que la norma sea «un poco más permisiva» con los bares, donde la gente sale a tomar una copa y fumar al aire libre sin molestar a nadie, aunque comparte que en los restaurantes tiene más sentido restringirlo por la comida. Ambos coinciden en algo que aparece como una de las pocas valoraciones unánimemente positivas de la reforma: la prohibición de fumar en las playas, que ven como una medida acertada para proteger el mar y la isla frente a las colillas.
«Bien para los niños, mal para los fumadores»
Ángeles García Rodríguez, que trabaja en un bar en la plaza del Parque, pone el acento en la protección de los más pequeños: hay terrazas con las mesas muy juntas donde se sientan bebés y niños, y el humo les llega directamente, algo que, además, molesta a otros clientes. Aun reconociendo que la medida le parece bien por ese motivo, admite que no será bien recibida entre los fumadores.
Un turista valenciano consultado por Noudiari, no fumador, se muestra favorable a la norma, aunque reconoce que supone un perjuicio para la hostelería: «mucha gente fuma, y aunque seguirán yendo a los bares y restaurantes, lo harán teniendo que salir fuera a fumar».
El denominador común: «esto no va a resolver el problema, solo lo va a trasladar a la calle»
Más allá de matices particulares, la preocupación que comparten varios de los hosteleros consultados es la misma que trasladan las patronales del sector a nivel estatal: la ley no eliminará el consumo de tabaco, simplemente lo desplazará desde las terrazas controladas —con ceniceros y limpieza— hacia la vía pública, generando más suciedad y colillas en un espacio que ya no es responsabilidad de los negocios.
La AECC pide ir más allá
Pero si hay una voz que conviene escuchar es la de la Asociación Española Contra el Cáncer (AECC) en Baleares que ha valorado de manera positiva la aprobación del proyecto de ley, calificándola de «paso fundamental para proteger la salud de la población, especialmente la de niños y jóvenes».

Según la entidad, el texto recoge avances que llevaba años reclamando: la ampliación de los espacios sin humo, las limitaciones al acceso y consumo por parte de menores, la equiparación de los nuevos dispositivos —como los cigarrillos electrónicos— al tabaco convencional, y la prohibición de todas las formas de publicidad y promoción.
Aun así, la AECC pide que la tramitación parlamentaria sirva para reforzar el texto con medidas que considera de eficacia demostrada: subir la fiscalidad del tabaco, avanzar hacia el empaquetado genérico y, cuando concluya el procedimiento europeo correspondiente, prohibir los vapeadores de un solo uso.
La asociación también reclama una regulación «clara y restrictiva» de los puntos de venta de los nuevos dispositivos con nicotina [es frecuente verlos en las cajas de supermercados], para evitar que lleguen a menores, y pide al Gobierno que tramite el real decreto pendiente sobre la prohibición de sabores y la regulación de las bolsas de nicotina.
La patronal del ocio nocturno: «graves contradicciones» y petición de moratoria
Por su parte, la patronal SPAIN NIGHTLIFE (estatal) ha expresado su sorpresa y preocupación por la aprobación del proyecto. Según explica en un comunicado firmado por su secretario general, Joaquim Boadas, habían presentado alegaciones al anteproyecto que nunca fueron respondidas por el Ministerio de Sanidad.
Su principal argumento es que la medida no logrará su objetivo de reducir el consumo, sino que trasladará el hábito a espacios no controlados —incluidos domicilios particulares—, generando más ruido y suciedad, a la vez que reducirá la afluencia a terrazas y espacios de ocio al aire libre.
Recuerdan que la hostelería y el ocio nocturno dan trabajo a cerca de dos millones de personas en España, una cuarta parte de las cuales dependería de la facturación en espacios abiertos, lo que podría traducirse en destrucción de empleo.
Las patronales denuncian, además, lo que consideran una contradicción legal: la reforma incluye entre las prohibiciones ciertos dispositivos que no contienen tabaco ni nicotina, como las shishas o pipas de agua a base de hierbas.
Según recuerdan, en 2011 el propio Ministerio de Sanidad respondió a una consulta de FECASARM confirmando que estos productos, al no contener tabaco ni nicotina, quedaban fuera de la normativa antitabaco. Por ello, invocando la teoría de los actos propios, exigen que esa prohibición se retire del proyecto durante su tramitación parlamentaria.
Para el caso de que la ley salga adelante, ambas patronales piden que se incluya una moratoria de tres años para los productos con tabaco o nicotina, similar a la que se aplicó tras la ley 28/2005, de forma que los locales puedan decidir de forma voluntaria si permiten fumar en sus terrazas mientras dura ese periodo transitorio.
El resumen de los detalles clave de la reforma
Nuevos espacios sin humo: terrazas de bares y restaurantes, playas marítimas y fluviales, piscinas de uso colectivo, instalaciones deportivas, parques nacionales, vehículos de trabajo (salvo uso personal) y recintos de espectáculos públicos al aire libre (teatros, cines, conciertos, etc.).
Zonas de protección reforzada: prohibido fumar en un radio de 15 metros alrededor de accesos a edificios públicos, centros sanitarios, centros educativos, universidades, museos, bibliotecas, centros culturales y deportivos, y parques infantiles.
Menores de edad: por primera vez se prohíbe expresamente el consumo de tabaco por menores de 18 años, no solo su venta.
Cigarrillos electrónicos y nuevos productos: se equiparan al tabaco convencional en cuanto a restricciones de consumo. Las bolsas de nicotina quedan fuera de esta equiparación en espacios sin humo, aunque su consumo también queda prohibido a menores.
Venta: quedará limitada a tiendas especializadas, sin publicidad ni cartelería visible desde el exterior.
Publicidad: se refuerzan las restricciones en todos los medios y soportes, incluidos internet y máquinas expendedoras, y se prohíbe mostrar a presentadores o colaboradores fumando en televisión.
Entrada en vigor: a los 20 días de su publicación en el BOE, con un plazo adicional de dos meses para adaptar la señalización.
El proyecto de ley inicia ahora su tramitación parlamentaria, donde previsiblemente se debatirán tanto las peticiones de mayor ambición de la AECC como las de moratoria y revisión que reclaman las patronales del ocio nocturno.






