La Tribunal Superior de Justícia de les Illes Balears (TSJIB) ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por Balearia Eurolíneas Marítimas S.A. contra la cuota máxima de vehículos fijada para 2025 en la isla de Ibiza, según ha detallado la máxima institución insular en una nota emitida esta mañana.
La naviera había presentado recurso contra el auto dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Palma, que ya había rechazado las medidas cautelares solicitadas para suspender la limitación del número de vehículos que pueden acceder a la isla. Esta cuota fue aprobada por el Pleno del Consell de Ibiza el pasado 28 de marzo de 2025.
En su resolución, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJIB recuerda que, “frente al interés económico privado de la naviera recurrente, como señala la jueza de instancia, prevalece el interés público que preside la norma: la sostenibilidad medioambiental y socioeconómica de la isla de Ibiza, objetivos que cuentan con reconocimiento constitucional”.
De este modo, el alto tribunal balear confirma la negativa a suspender cautelarmente la aplicación de la cuota y acuerda desestimar el recurso de apelación, imponiendo además a la parte recurrente el pago de las costas procesales, con un límite máximo de 1.000 euros.
Contra esta resolución no cabe recurso de casación ante la misma Sala.






